SAP Pontevedra 14/2000, 19 de Enero de 2000
Ponente | JUAN MANUEL LOJO ALLER |
ECLI | ES:APPO:2000:136 |
Número de Recurso | 1/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 14/2000 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 5ª |
Rollo: COGNICION 1 /2000
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA
VIGO
APELACIÓN CIVIL
Rollo: 1/2000
JUICIO COGNICIÓN 432/99
Procedencia: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 10 VIGO
Ilmos. Sres.
Presidente
D. JUAN MANUEL LOJO ALLER Magistrados:
D. JOSE FERRER GONZALEZ
D. FERNANDO ALAÑON OLMEDO
LA SECCION QUINTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta
por D. JUAN MANUEL LOJO ALLER, Presidente, D. JOSE FERRER GONZALEZ y D. FERNANDO ALAÑON OLMEDO, Magistrados, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA Nº 14
Vigo a diecinueve de Enero de mil novecientos noventa y nueve.
En el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en los autos de Cognición num. 432/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Num 10 de los de Vigo , en los que son parte, de una como apelante y demandante ESTIBAS Y CONSIGNACIONES GUIXAR, S.A., bajo la dirección del letrado
D. Juan Perez Yarza, y de la otra como apelado demandado CERVANTES HELVETIA SEGUROS, S.A.
Se aceptan los de la Sentencia de primera instancia, y
En los autos a que este rollo se refiere en fecha 26-Octubre 1999 el Juzgado de Primera Instancia Num. lo de los de Vigo dictó Sentencia cuyo FALLO textualmente dice:
"FALLO: Acogiendo en parte la demanda formulada por la Procuradora Dª. Gisela Alvarez Vázquez en nombre y representación de la entidad ESTIBAS Y CONSIGNACIONES GUIXAR, S.A. contra la Cía. CERVANTES HELVETIA SEGUROS, S.A., la debo condenar y condeno a que abone a la actora la suma de 378.725 ptas., más el interés del art. 921 de la L.E.C . desde las fechas de la comunicación de siniestros y justificación liquidada por misivas de 21-XI-97 y 30-I-98 recibida a 2-II- 98, todo ello sin hacer expresa imposición las costas."
Y, contra dicha sentencia, por la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, solicitando la revocación de la misma y conferido traslado de dicho recurso a la parte contraria, se opuso al mismo, solicitando la confirmación de la sentencia recurrida.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido las prescripciones y términos legales, siendo ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. JUAN MANUEL LOJO ALLER quien expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los de la Sentencia apelada.
En las condiciones particulares de la póliza de seguro de transporte marítimo de mercancías, en su modalidad de flotante por avisos, suscrita entre las entidades "Cervantes Helvetia Seguros, S.A" y "Estibas y Consignaciones Guixar S.A.", se convino en su primer apartado: "COMUNICACIONES DE SEGURO".
El Asegurado queda obligado a comunicar a la Compañía Aseguradora todas y cada una de las expediciones que con cargo a este contrato se efectúen, antes de iniciarse las mismas, e indicando en cada caso las características del riesgo a cubrir, tales como, viaje a realizar, mercancía a transportar, valor de la misma, nombre del vapor transportador, caso de...
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