SAP Valencia 112/2000, 9 de Febrero de 2000

PonenteJOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
ECLIES:APV:2000:921
Número de Recurso535/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución112/2000
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 112

SECCION SEPTIMA

Ilmos.Sres. Magistrados:

Presidente:

D.Francisco José Ferrando Zuriaga.

Magistrados:

D.José Antonio Lahoz Rodrigo..

Dª.Carmen Tamayo Muñoz.

Valencia, a nueve de febrero del dos mil.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en

grado de apelación, los autos de juicio de menor cuantía, nº 101/97, seguidos ante el Juzgado de

Primera Instancia Nº 5 de Alzira, entre partes, de una como demandante-apelante D.-Dª. Everardo , representado-a por el-la Procurador D.-Dª. María Luisa Galbis Theureau y

asistido-a por el-la Letrado D.-Dª. Pascual Balaguer Arrufat, de otra, como demandada-apelante

LARRA S.A. SEGUROS GENERALES EN LIQUIDACION, representado-a por el-la Procurador D.-Dª. Elena Gil Bayo y asistido-a por el-la Letrado D.-Dª. Carmen Calatayud Sánchez, como

demandados-apelados D. Marcelino , representado por la Procuradora Dª. Carmen Lis

Gómez y asistido del Letrado D. Bernardo Mascarell Caballer, y D. Jose Luis y

COMISION LIQUIDADORA DE ENTIDADES ASEGURADORAS, no comparecidas en ésta

instancia, notificándoles en estrados.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Lahoz Rodrigo.

ANTECEDENTES DE HECHO 1.- En dichos autos, por el-la Ilmo-a Sr-Sra. Juez de Primera Instancia Nº 5 de Alzira, en fecha 26 de octubre de mil novecientos noventa y ocho, se dictó Sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: " Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Dª. Amparo Chelvi Peña en nombre y representación de D. Everardo asistido del Letrado D. Pascual Balaguer Arrufat, contra D. Jose Luis , declarado en rebeldía, contra la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, representada por el Procurador D. José Manuel García Sevilla, asistido del Letrado D. Luis Roca Ribera y contra D. Marcelino representado por la Procuradora Dª. Ana Pons Font, asistida del letrado D. Bernardo Mascarell, DEBO CONDENAR Y CONDENO A LOS DOS PRIMEROS DEMANDADOS a que SOLIDARIAMENTE abonen al actor la cantidad de veinte millones cuatrocientas veintisiete mil noventa y nueve pesetas ( 20.427.099 ), y cuarenta y cuatro mil ochocientos diez dólares USA ( 44.810), o su contravalor en pesetas. Y DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al demandado D. Marcelino de todos los pedimentos formulados en su contra.

Asimismo, los demandados condenados deberán abonar solidariamente las costas del procedimiento a excepción de las causadas por D. Marcelino que se imponen a la parte actora ".

  1. - Contra dicha resolución, por la representación de el-la demandante y demandada, LARRA S.A. de Seguros Generales en Liquidación, se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, emplazando a las partes para que en el término señalado comparecieran ante la Ilma. Audiencia Provincial, efectuándolo la apelante, así como la apelada, no compareciendo D. Jose Luis y Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, notificándoles en estrados las resoluciones recaídas; fue turnado a ésta Sección Séptima el recurso, donde se ha formado el oportuno Rollo, tramitándose el mismo, señalándose para la celebración de la oportuna Vista el día 27 de enero del 2000, compareciendo el Procurador y Letrado de las partes, y tras alegar lo que en derecho resultó de interés por el Letrado de la apelante, parte demandante, se interesó la revocación parcial de la sentencia, y que se dicte otra condenando, también, al demandado D. Marcelino , así como que el interés devengado sea desde la interposición de la demanda, y por la Letrado de la demandada-apelante, se interesó la absolución de su representada al no existir riesgo asegurado, imponiendo las costas al demandante; por el letrado de la apelada se interesó la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia recurrida con imposición de costas al apelante.

  2. - En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales en materia de procedimiento, a excepción del plazo para dictar sentencia, dada la acumulación de asuntos pendientes en ésta Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Los recursos de apelación, interpuestos por las representaciones procesales del demandante, D. Everardo , y de la demandada, LARRA S.A. SEGUROS GENERALES " EN LIQUIDACION " contra la sentencia de instancia, impugnan la misma al considerar, respecto al primero, que infringe los artículos 26 y 28 de la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios, y artículo 1100 del C.C., respecto al segundo, que infringe el artículo 1 y 3 de la Ley de Contrato de Seguro, interesando su revocación parcial y, por el contrario, se dicte nueva sentencia por la que se condene a D. Marcelino y se declare que la indemnización devengará el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda, y que se absuelva a la aseguradora de la petición contra ella deducida.

    Entrando en el enjuiciamiento de los distintos motivos de apelación se analizarán por el siguiente orden: en primer lugar, la responsabilidad del demandado Sr. Marcelino , absuelto en la sentencia de instancia; en segundo lugar, la existencia o no de cobertura de riesgo en la póliza suscrita entre LARRA y la Pirotecnia de D. Jose Luis , y, por último, el devengo o no del interés legal de la indemnización establecida.

    A.- La sentencia de instancia en su fundamento tercero de derecho razona, en relación a la responsabilidad de D. Marcelino , que pese a vender el artificio pirotécnico " trueno silbador " no existe relación causal al demostrase que la explosión del mismo sin efectuar el silbido previo se debió a un defecto de fabricación. Efectivamente, debemos partir de un hecho no controvertido en ésta instancia, cual es que el daño sufrido por el demandante se debió a que el artificio no efectuó la fase...

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