SAP Alicante 141/2003, 20 de Febrero de 2003

ECLIES:APA:2003:726
Número de Recurso878/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución141/2003
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª

Audiencia Provincial de Alicante - Sección Cuarta - Rollo 878/2002.

Iltmo. Sr. D. Federico Rodríguez Mira.

Iltmo. Sr. D. Manuel B. Flórez Menéndez.

Ilma. Sra. Dª. Mª Amor Martínez Atienza.

En la ciudad de Alicante, a veinte de febrero de dos mil tres.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y

EN NOMBRE DE SM. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA N°. 141/03

En el recurso de apelación interpuesto por Dª. Elena , D. Enrique , Dª. Andrea y Dª. Melisa , representados por la Procuradora Sra. Pastor Carbonell, contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Alcoy, habiendo sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Manuel B. Flórez Menéndez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Alcoy, en los autos de juicio de menor cuantía número 5/2001, se dictó en fecha 2 de septiembre de 2002 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Desestimar la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. Sonsoles Pastor Carbonell, en la representación que en autos queda acreditada, con expresa imposición de costas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, que una vez tramitado por el Juzgado en la forma establecida por la Ley 1 /2000, de 7 de enero, fue remitido con las actuaciones a esta Audiencia donde dio lugar al rollo de apelación número 878/2002 y se señaló para votación y fallo el día 19.2.2003.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Los actores son los familiares más próximos de D. Enrique quien, con antecedentes de varios años de periódicos episodios de broncoespasmos severos, sufrió uno de ellos el día 18 de mayo de 2000, por el que hubo de ser trasladado en una ambulancia propiedad de la demandada desde su domicilio en Castalla al Hospital Virgen de los Lirios de Alcoy, donde falleció el siguiente 24 de mayo. Formulaban reclamación de indemnización de daños y perjuicios por culpa extracontractual alegando que en el traslado se vació la bombona de oxigeno de la ambulancia y que el conductor desatendió la petición de los familiares que acompañaban al enfermo de que se detuviera a cambiarla, por lo que estuvo unos minutos privado de esa fuente de ventilación.

SEGUNDO

En el recurso que interponen los demandantes contra la desestimación de la demanda centran sus alegaciones en la falta de motivación de la sentencia, hasta el extremo de que lo que solicitan con carácter principal es que se decrete su nulidad y se repongan las actuaciones al momento de dictarla. Con independencia de que esta petición sea de dudosa conformidad con lo previsto en el art. 465-2 LEC, lo cierto es...

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