SAP Alicante 593/2001, 18 de Octubre de 2001
Ponente | MANUEL BENIGNO FLOREZ MENENDEZ |
ECLI | ES:APA:2001:4423 |
Número de Recurso | 389/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 593/2001 |
Fecha de Resolución | 18 de Octubre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª |
SENTENCIA N°. 593/01
En el recurso de apelación interpuesto por D. Jose Enrique , representado por la Procuradora Sra. Budi Bellod, contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número ocho de Alicante, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Manuel B. Flórez Menéndez.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Alicante, en los autos de juicio de separación número 1137/00, se dictó en fecha 15-03-01 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Que estimando la demanda, debo declarar y declaro la separación matrimonial de los cónyuges litigantes D. Jose Enrique y Dª. Filomena , con los efectos legales inherentes a dicha declaración, decretando las siguientes:
1.Quedan revocados los consentimientos y poderes que los cónyuges se hubieran otorgado entre sí y cesando, salvo pacto en contrario la posibilidad de vincular bienes privados del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
2.Los hijos menores del matrimonio Casimiro y Guillermo , quedarán bajo la guarda y custodia de la madre, teniendo el progenitor no custodio derecho a comunicar con ellos y tenerlos en su compañía los fines de semana alternos desde las 10:00 horas de la mañana del sábado a las 20:00 horas del domingo y las vacaciones de Navidad, semana santa y verano por mitad; siempre que no medie oposición de los menores.
3.Se atribuye a favor de la esposa el uso de la vivienda y ajuar familiar y los muebles de uso ordinario en ella; autorizando al demandado a retirar los objetos de uso personal.Los gastos de mantenimiento y uso de la vivienda que fue conyugal sor prestaciones propias de la necesidad habitacional, incardinables, por ello, dentro de concepto de alimentos (artículo. 142 C.C.) y englobados, dentro de la suma concedió, como prestación alimenticia (artículos. 91 y 93 C.C.). Los gastos de Comunidad de Propietarios e IBI, al igual que en su caso, las cuotas de préstamo hipotecario constituido sobre la vivienda familiar adquirida por ambos cónyuges, en tanto que gravan la propiedad tienen la consideración de cargas matrimoniales que deben ser satisfechas por ambos cónyuges por mitad.
4.Se fija en el 60.000.- Pts mensuales la suma que el progenitor no custodio deberá abonar al custodio, en concepto de alimentos a favor de sus hijos menores, a razón de 30.000.- pts por cada uno de los hijos. Tal cantidad será abonada dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria designada a tal efecto por la actora y actualizada anualmente conforme al Indice de Precios al Consumo.
5.D. Jose Enrique pagará a Dª. Filomena la cantidad de 30.000.- Pts mensuales en concepto de pensión compensatoria. Tal cantidad será abonada dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria designada a tal efecto por la actora y actualizada anualmente conforme al Indice de Precios al Consumo.
6.D. Jose Enrique pagará a Dª. Filomena la cantidad de 100.000.- Pts en concepto de litis expresas.
7.Se decreta la disolución de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 7 de Julio de 2021
...doctrina que resulta de las STS n.º 475/2011, de 24 de junio y STS n.º 596/2013, de 3 de octubre. Invoca, además, las SAP Alicante, Sección 4.ª, de 18 de octubre de 2001 y la SAP Barcelona, Sección 18.ª, n.º 589/2006, de 5 de octubre. Expone que los acuerdos relativos a los puntos 2, 11 y 1......
-
SAP Vizcaya 800/2006, 18 de Diciembre de 2006
...o gastos ordinarios deben ser satisfechos por el cónyuge usuario de la misma, tal y como declara, entre otras, la SAP de Alicante, Sección 4ª, de 18 Oct. 2001 (rec. 389/2001 ), incluidos los gastos de comunidad y el coste de los servicios y suministros, como precisa la SAP de Asturias, Secc......
-
SAP Barcelona 154/2006, 3 de Marzo de 2006
...comunidad, los ordinarios que se vinculan con el uso de la vivienda, de los extraordinarios, como en la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante de fecha 18 de octubre de 2001, o en la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora de fecha 19 de octubre de 2004 o bien, al contrario......
-
SAP Barcelona 834/2005, 20 de Diciembre de 2005
...comunidad, los ordinarios que se vinculan con el uso de la vivienda, de los extraordinarios, como en la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante de fecha 18 de octubre de 2001 , o en la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora de fecha 19 de octubre de 2004 o bien, al contrari......