SAP Asturias 191/2007, 25 de Abril de 2007
Ponente | JAVIER ANTON GUIJARRO |
ECLI | ES:APO:2007:1017 |
Número de Recurso | 36/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 191/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OVIEDO
SENTENCIA: 00191/2007
SENTENCIA NÚMERO 191/07
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000036 /2007
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Ignacio Álvarez Sánchez
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
D. Javier Antón Guijarro
En Oviedo a, veinticinco de Abril de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de JUICIO VERBAL 1273 /2006, procedentes del JDO.1A.INST. E INSTRUCCION N.1 de SIERO, Rollo 36 /2007, entre partes, como Apelantes D. Luis Angel y Dª María del Pilar representados por si mismos y bajo la dirección letrada de D. NESTOR DOMINGUEZ QUINTIN, y como Apeladas Dª. Valentina y Dª Lina representadas por el Procurador de los Tribunales D. ANTONIO SASTRE QUIROS, y bajo la dirección letrada de D. JOSE AURELIO ALVAREZ FERNANDEZ.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Pola de Siero dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 25 de Octubre de 2006 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1º.- Con estimación parcial de la demanda interpuesta por Dª. Valentina y Dª. Lina debo declarar y declaro que los árboles de la finca de los demandados penetran con sus ramas en la finca de la parte actora y camino servidero, condenando a D. Luis Angel y Dª María del Pilar a estar y pasar por dicho pronunciamiento así como a podar las ramas de los mismos que sobrevuelen la finca de la parte actora y el referido camino, procediendo la desestimación del resto de las pretensiones actoras. 2º.- Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento condenatoria sobre las costas del presente procedimiento. 3º._ Notifíquese esta resolución a las partes y llévese el original al libro correspondiente y testimonio a los autos. 4º.- Contra esta resolución cabe recurso de apelación que deberá prepararse mediante escrito que se presentará ante este juzgado y en el plazo de CINCO DÍAS a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución, y en el que se indicará la resolución que se apela y la voluntad de recurrirla con expresión de los pronunciamientos que se impugnan."
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Se señaló para...
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