SAP Barcelona, 30 de Mayo de 2002
Ponente | JUAN MARINE SABE |
ECLI | ES:APB:2002:5763 |
Número de Recurso | 795/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN
Dª. Mª ÁNGELS GOMIS MASQUÉ
D. JOAN MARINÉ SABÉ
En la ciudad de Barcelona, a treinta de mayo de dos mil dos.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Interdicto de Recobrar la Posesión n° 100/2000, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Coloma de Gramanet, a instancia de BURGER KING ESPAÑA, S.A. representada por el Procurador D. ANTONIO Mª DE ANZIZU FUREST y dirigida por el Letrado D. JOSÉ MIGUEL RIVAS BUENO, contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE INMUEBLE DE RAMBLA000 Nº NUM000 DE SANTA COLOMA DE GRAMANET, representada por la Procuradora Dª. MARTA DURBAN PIERA y dirigida por el Letrado D. JOSEP JAUMOT ORTIZ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de Mayo de
2.000, por el Sr./a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por BURGER KING ESPAÑA, S.A. y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de la RAMBLA000 , nº NUM000 , de Santa Coloma de Gramanet, de las peticiones deducidas en su contra, imponiendo a la parte actora el pago de las costas procesales causadas."
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento delas partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 28 de Mayo de 2.002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAN MARINÉ SABÉ.
El apelante, en el acto de la vista, ha impugnado la sentencia de primera instancia alegando, sustancialmente, que reconocido en su fundamento jurídico tercero su derecho real de servidumbre y su derecho a evacuar los humos que su actividad genera, la conducta obstruccionista de...
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