SAP Jaén 273/2000, 26 de Mayo de 2000

PonenteMARIA LOURDES MOLINA ROMERO
ECLIES:APJ:2000:981
Número de Recurso241/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución273/2000
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 273

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Dª. Elena Arias Salgado Robsy

MAGISTRADOS

Dª. Lourdes Molina Romero

D. Enrique del Castillo Rodríguez Acosta

En la Ciudad de Jaén, a Veintiséis da Mayo de dos mil.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de JUICIO DE MENOR CUANTÍA seguidos en primera instancia con el nº 36 del año 1.998, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén , rollo de apelación de esta Audiencia nº 241 del año 1.999, a instancia de D. Evaristo , representado ante este Tribunal, como apelado, por la Procuradora Dª. Mª. Victoria Marín Hortelano y defendido por el Letrado D. Eduardo Sánchez Godoy, contra D. Iván , representado ante el Tribunal, como apelante por la Procuradora Dª. Mª. del Valle Herrera Torrero y defendido por la Letrado Dª. Carmen Haro Martínez en sustitución de su compañero Sr. Lara Chica.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, con fecha 19 de abril de 1.999 .

ANTECEDENTES HECHO

PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: " Que estimando la demanda interpuesta por la Procurador de los Tribunales Dª. Mª. Teresa Cátedra Fernández, en nombre y representación de D. Evaristo , contra D. Iván , representado por la procurador Dª. Mª. del Valle Herrera Torrero, debo condenar y condeno a dicho demandado a que constituya sobre la finca de su propiedad sita en el paraje denominado "El Hoyuelo", término municipal de Torres, una servidumbre de paso, permanente a favor de la finca del actor que se describe en el hecho primero de la demanda, por lugar que se establece a través de la finca del propietario D. Valentín , según la alternativa del tramo de color azul del informe del Sr. Perito, y que tendrá una anchura suficiente para el paso de vehículos agrícolas, y automóviles, previa la correspondiente indemnización y abono de los perjuicios, extremos que se fijarán en ejecución de sentencia; todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por el demandado, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma.TERCERO.- Recibidos los autos ante este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrará el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 22 de Mayo de 2.000, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con sus pretensiones, con imposición de costas ala otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Dª. Lourdes Molina Romero.

No se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El demandado mantuvo su oposición a la pretensión del actor en los términos señalados en la instancia, alegando en primer lugar la excepción de litisconsorcio pasivo necesario. Se acogerá la misma...

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