SAP Madrid 218/2007, 22 de Noviembre de 2007

PonenteALBERTO ARRIBAS HERNANDEZ
ECLIES:APM:2007:16424
Número de Recurso78/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución218/2007
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28

MADRID

SENTENCIA: 00218/2007

t6

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 28

t6

C/ General Martínez Campos nº 27.

Teléfono: 91 4931988/89

Fax: 91 4931996

ROLLO DE APELACIÓN Nº 78/07.

Procedimiento de origen: Juicio Ordinario nº 459/2.005.

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Mercantil nº 1 de

Madrid.

Parte recurrente: "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.".

Procurador: Don Juan Luís Cárdenas Porras.

Parte recurrida: DON Gonzalo

Procurador: Don Juan Torrecilla Jiménez.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. RAFAEL SARAZÁ JIMENA

D. ENRIQUE GARCÍA GARCÍA

D. ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ.

SENTENCIA Nº 218/07

En Madrid, a veintidós de noviembre de dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados antes relacionados, ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 78/07, los autos de juicio de ordinario seguidos ante el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid, el cual fue promovido por la entidad "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A." representada por el Procurador don José Luís Cárdenas Porras y defendida por la letrada doña María Dolores Gil Monterroso contra DON Gonzalo, representado por el Procurador don Juan Torrecilla Jiménez y defendido el letrado don Juan Carlos Garnica Rubio, sobre responsabilidad de administrador.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada con fecha 27 de mayo de 2005 por la representación de la entidad "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A." contra don Gonzalo, en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba que apoyaban su pretensión, suplicaba la condena del demandado al pago de la cantidad de 12.056,11 euros, correspondiendo 3.539,11 euros al principal y 8.517 euros a intereses devengados hasta la fecha de la demanda más los que se generen hasta el completo pago, al tipo pactado del 29% calculado desde la fecha de 24 de enero de 1997, así como al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

Tras seguirse el juicio por los trámites correspondientes el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid dictó sentencia, con fecha 20 de octubre de 2006, por la que se estimaba parcialmente la demanda, condenando al demandado a pagar a la actora la cantidad de 3.539,11 euros, sin efectuar especial pronunciamiento respecto de las costas procesales.

TERCERO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte actora se interpuso recurso de apelación al que se opuso el demandado. Admitido el recurso por el mencionado juzgado y tramitado en forma legal, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los de su clase.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, señalándose para su deliberación y votación el día 22 de noviembre de 2007.

Es magistrado ponente don ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad "BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A." formuló demanda contra don Gonzalo, en su calidad de administrador único de la sociedad "TAYPRO, S.L.", ejercitando la acción social de responsabilidad (según se decía literalmente en el suplico de la demanda) en reclamación de la suma total de 12.056,11 euros, correspondiendo 3.539,11 euros al principal reclamado a la sociedad deudora en los autos 333/97 del Juzgado de Primera instancia nº1 de Fuenlabrada, más 8.517 euros de intereses devengados hasta la fecha de la demanda (11 de mayo de 2.005) y los que se generasen hasta el completo pago, al tipo pactado del 29% calculado desde la fecha del 24 de enero de 1.997 (olvidando que ya los ha cuantificado hasta el 11 de mayo de 2.005).

La sentencia de instancia, tras deducir de la fundamentación fáctica y jurídica de la demanda que la acción ejercitada no era la social anunciada en el suplico sino la de responsabilidad individual del artículo 135 de la LSA al que se remite el artículo 69 LSRL y la de responsabilidad por deudas sociales del artículo 105.5 LSRL, acogiendo ésta, estima parcialmente la demanda y condena al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Tarragona 82/2016, 25 de Febrero de 2016
    • España
    • 25 Febrero 2016
    ...origen de la reclamación formulada contra el administrador, se proyectan bastante atrás en el tiempo. ( SAP Madrid, 18 de octubre y 22 de noviembre de 2007, Barcelona, de 17 de noviembre de 2010 y Alicante, 5 de septiembre de 2013 Se discrepa también por la parte apelante respecto de la con......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR