SAP Alicante 167/2006, 18 de Mayo de 2006

PonenteMANUEL BENIGNO FLOREZ MENENDEZ
ECLIES:APA:2006:2616
Número de Recurso309/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución167/2006
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 167/2006

En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante D. Rodrigo , representado por el Procurador Sr. Gutiérrez Martín, y asistido por la Letrada Sra. Moya Félix, y por la parte demandada Dª. Julia , representada por ela Procuradora Sra. Martínez López, y asistida por la Letrada Sra. Luzón Alfonso, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Alicante, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Manuel B. Flórez Menéndez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Alicante, en los autos de juicio de liquidación de bienes gananciales número 1289/03 , se dictó en fecha 11-03-05 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"1.- Declarar como integrantes del activo de la sociedad legal de gananciales formada por D. Rodrigo y D.ª Julia las siguientes partidas:

1) Vivienda unifamiliar sita en Alicante, CALLE000 , número NUM000 , inscrita en el Registro de la Propiedad número uno de esta ciudad al tomo NUM001 , libro NUM002 , folio NUM003 , con el número de finca registral NUM004 ;

2) Vehículo marca Audi;

3) Vehículo marca Peugeot 505;

4) Saldo existente en las cuentas corrientes de las que es titular el Sr. Rodrigo a la fecha de la sentencia de separación;

5) Saldo existente, a la fecha de la sentencia de separación, en la cuenta corriente de la entidadBanco Bilbao Vizcaya Argentaria con el número NUM005 ;

6) Negocio de Administración de Loterías, denominado Lotería número 8 de Alcoy, sito en la carretera de Valencia s/n, centro comercial EROSKI, del que es titular la esposa;

7) Joyas relacionadas al número 4 de la propuesta de inventario del Sr. Rodrigo ;

8) Acciones relacionadas al número 5 de la referida propuesta;

9) Mobiliario, enseres y ajuar doméstico relacionados en el número 6, letra B), de la propuesta de inventario del Sr. Rodrigo , con la adición presentada por escrito en la comparecencia celebrada el 12 de marzo de 2004, con las siguientes puntualizaciones:

- en el salón, se excluye el tapiz, así como la cristalería, al tiempo que integra el activo sólo dos juegos de mantelerías.

- en la habitación principal, integra el activo de la sociedad, por lo que se refiere a las mantas, colchas, edredones y juegos de sábanas, tan sólo una manta, una colcha y un edredón y dos juegos de sábanas.

- en la habitación del hijo menor, por lo que se refiere a las mantas y juegos de sábanas, integra el activo de la sociedad, tan sólo una manta y dos juegos de sábanas.

- en la habitación del hijo mayor, al igual que en el supuesto anterior y por lo que se refiere a las mantas y juegos de sábanas, únicamente integra el activo de la sociedad una manta y dos juegos de sábanas.

- en la habitación de invitados, si incluye en el activo dos camas de 80 cm., 4 juegos de sábanas y un plafón, en lugar de las camas de 110 cm., los 6 juegos de sábanas y la lámpara que fueron inventariados.

- en el despacho se excluyen los documentos, libros de literatura y fotografías.

- en la sala de juegos, se excluye del inventario la lámpara de pie y la bicicleta estática.

- en el jardín tan sólo se incluyen seis sillas, en lugar de las 12 inventariadas.

10) Equipo de música AIWA; y,

11) Crédito de la sociedad de gananciales contra el esposo por la parte proporcional de la liquidación percibida por éste que resulte de las aportaciones efectuadas constante matrimonio al plan de previsión social de la entidad Bansabadell, Vida S.A. de Seguros y Reaseguros.

  1. - Declarar como integrantes del pasivo de la sociedad de gananciales formada por las partes anteriormente mencionadas las siguientes partidas:

    1) Crédito del Sr. Rodrigo contra la sociedad de gananciales por importe total de 72.448'58 euros derivados de aportaciones de dinero privativo a la sociedad de gananciales por importes de 40.524 pesetas, 110.000 pesetas, 350.000 pesetas y 6.000.000 de las antiguas pesetas; y,

    2) Crédito de la esposa contra la sociedad de gananciales por importe de 1.200.000 pesetas que le fueron donadas por su padre, Sr. Julia y destinadas al negocio de Administración de Loterías.

  2. - No se aprecian motivos para imponer las costas procesales a ninguno de los litigantes."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el juzgado de instancia, en la forma prevista en la L. E.C. 1/2000 , elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación número 309/05, señalándose para votación y fallo el día 17-05- 06.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que determinó el inventario de la sociedad degananciales de los litigantes interponen ambos recurso de apelación en donde impugnan diversos particulares de la resolución, algunos de los cuales han de tratarse conjuntamente.

SEGUNDO

En relación con la administración de lotería atribuida en su día a la esposa en virtud del correspondiente concurso público los recursos plantean dos cuestiones diferentes:

  1. La consideración del negocio como bien ganancial.- La impugna la esposa pero...

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