SAP Cádiz 24/2006, 17 de Febrero de 2006

PonenteFERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA
ECLIES:APCA:2006:158
Número de Recurso13/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución24/2006
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 1ª

ROSA MARIA FERNANDEZ NUÑEZFERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESAPEDRO MARCELINO RODRIGUEZ ROSALES

AUDIENCIA PROVINCIAL CÁDIZ

Sección Primera

S E N T E N C I A Nº

PRESIDENTE ILMA. SRA.

DÑA. ROSA MARIA FERNANDEZ NUÑEZ

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. FERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA

D. PEDRO MARCELINO RODRÍGUEZ ROSALES

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: J. 1ª Instancia Nº 2 Puerto de Santa María

ROLLO DE APELACIÓN Nº 13/2006

AUTOS Nº 411/2003

En la Ciudad de Cádiz a diecisiete de febrero de dos mil seis.

Visto, por la Sección Primera de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en procedimiento ordinario seguido en el Juzgado referenciado sobre declaración de nulidad de junta general ordinaria de una sociedad anónima Interpone el recurso D. Rodrigo y Dña. María Luisa que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. Antonio Gómez Armario y defendido por el Letrado D. Juan Pedro Cosano Alarcón. Es parte recurrida Proviher SA que está representado por el Procurador D. Angel Morales Moreno y defendido por el Letrado D. Luis Javier Diaz Orellana, que en la instancia ha litigado como parte demandada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 30 de junio de 2.004 , cuya parte dispositiva es como sigue:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Rodrigo y Dª María Luisa, representados por el procurador D. Sergio Márquez Delgado, contra la entidad Proviher S.A., representada por el procurador D. Angel María Morales Moreno, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos deducidos en su contra, declarando la validez de los acuerdos adoptados en la Junta General Ordinaria de la entidad Proviher S.A.,m celebrada el día 10 de marzo de 2.003; con expresa imposición de las costas a la parte actora..

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y tramitado en forma, se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde se ha formado rollo y turnado de ponencia, señalándose día para la deliberación votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se instó por la representación de D. Rodrigo y Dña. María Luisa una demanda tendente a obtener una resolución judicial que declarara la nulidad de la Junta General Ordinaria de la entidad Proviher S.A. celebrada el 3 de marzo de 2.003, así como la nulidad de los acuerdos adoptados por entender que dichos acuerdos debieron ser adoptados en una Junta General Extraordinaria; pretensiones a las que se opuso la entidad demandada.

El juzgador a quo desestimó íntegramente la demanda por considerar que la Junta General Ordinaria es competente para conocer cualquier asunto que afecte a la sociedad.

Los actores, considerando que se han infringido...

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