SAP A Coruña 84/2000, 3 de Marzo de 2000

PonenteANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
ECLIES:APC:2000:740
Número de Recurso310/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución84/2000
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 84

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON CARLOS FUENTES CANDELAS, PTE.

DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ.

DON CARLOS SUÁREZ MIRA RODRIGUEZ.

En A CORUÑA, a tres de Marzo de dos mil.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de Juicio MENOR CUANTIA N° 408/97, sustanciado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N° 6 DE SANTIAGO , y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE DON Casimiro , representado por el Procurador Sr. Flores Rguez y de otra como DEMANDADOS Y APELANTES DON Pedro Jesús y TERNERA DE GALICIA S.A. representados por el Procurador Sr. Sánchez Glez y el demandado declarado en situación procesal de rebeldía DON Carlos Daniel ; versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N° 6 DE SANTIAGO, con fecha 23-9-98 . SU PARTE DISPOSITIVA LITERALMENTE DICE: FALLO: Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Dª. SOLEDAD SÁNCHEZ SILVA, en nombre y representación de D. Casimiro , contra TERNERA DE GALICIA, S.A., DON Pedro Jesús y DON Carlos Daniel , condeno solidariamente a los demandados a pagar al actor la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTAS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTAS CINCUENTA Y CINCO PESETAS (3.872.355 PTAS), más los intereses legales y las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la referida resolución por EL DEMANDANTEY DEMANDADOS, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, y previos los correspondientes emplazamientos practicados a las partes se elevaron los autos a este Tribunal, habiendo comparecido ambas partes litigantes y habiéndose celebrado la vista el 21-2-00 en cuyo acto los letrados Sres. Rúa Peón y Torreiro Santiso INFORMARON lo que estimaron conveniente en apoyo de sus pretensiones.

TERCERO

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Seacepta los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

Trae causa la presente apelación de la acción que DON Casimiro entabló contra la mercantil "TERNERA DE GALICIA S A.", en reclamación de 3.872.355 pesetas, consecuencia de las relaciones comerciales mantenidas entre la demandante y la demandada, y a la vez, se reclama contra DON Pedro Jesús y DON Carlos Daniel , en concepto de administradores de TERNERA DE GALICIA, S.A., en virtud de lo establecido en los artículos 133, 135 y 262.5 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas ( Ley 19/1989 de 25 de julio ). La razón de disconformidad con la sentencia apelada es la alegada incongruencia en cuanto que el concepto en que se reclama es el de indemnización de daños y perjuicios sobre la base de los artículos 133 y 135 de la Ley de Sociedades Anónimas , en cuanto estima que no se accionó por la vía del artículo 262.5, y así resulta del mismo suplico de la demanda en la que se solicita la condena de aquellos en concepto, no obligacional sino en el de daños y perjuicios. Para basar su recurso menciona la sentencia de fecha 21-9-99 del Tribunal Supremo. Cierto es que en el suplico de la demanda se pide el pago de la cantidad reclamada, en concepto de indemnización de los perjuicios sufridos por el actor; pero ello no podemos considerarlo en el presente caso determinante para la desestimación de la...

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