SAP Girona 554/2001, 21 de Noviembre de 2001

PonenteJAIME MASFARRE COLL
ECLIES:APGI:2001:1794
Número de Recurso789/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución554/2001
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 2ª

SENTENCIA N° 554/2001

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

José Isidro Rey Huidobro

MAGISTRADOS

Joaquim Miquel Fernández Font

Jaime Masfarré Coll

GIRONA, a veintiuno de noviembre de dos mil uno

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación n° 789/2000, en el que ha sido parte apelante

Dª. Elvira representado por la Procuradora Dª. MERCE CANAL PIFERRER y

defendido por el Letrado D. MARTI PEYA LLACH, y como parte apelada D. Oscar , representada por

el Procurador D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTES y defendida por el

Letrado D. GASPAR DELSO ESCOLANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Primera Instancia 2 Blanes en autos de Declarativo menor cuantía núm. 280/1992, seguidos a instancias de D. Oscar , representado por la procuradora Dª. Bachero, y defendido por el letrado D. Lluis Iglesias, contra Dª. Elvira , representado por el procurador D. Ferran Janssen, se dictó sentencia cuya parte dispositiva literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Oscar , y en su representación la Procuradora de los Tribunales Dª.CONCEPCIÓN BACHERO SERRADO, y asistida por el Sr. Letrado D. LLUIS IGLESIAS PUJOL, contra Dª. Elvira , representada por el Procurador D. FERRAN JANSSEN CASES, DEBO DECLARAR Y DECLARO que D. Oscar ostenta la condición de legitimario respecto de su padre fallecido D. Luis María , integrando dicha legítima una octava parte del valor que al tiempo del fallecimiento de D. Luis María tuvieran los bienes que deben considerarse integrantes del caudal relicto, con deducción de las mejoras útiles y gastos de última enfermedad, entierro y funeral, y que son:

  1. La finca número NUM000 , inscrita al Tomo NUM001 , Libro NUM002 de Tossa de Mar, al folio NUM003 , del Registro de la Propiedad de LLoret de Mar, y cuya descripción es "solar urbana, en la calle DIRECCION000 , en Tossa de Mar. Tiene una superficie de cuatro mil seiscientos ocho metros cuadrados".

  2. La mitad indivisa de la finca número NUM004 , inscrita al Tomo NUM001 , Libro NUM002 de Tossa de Mar, al folio NUM005 , del Registro de la Propiedad de LLoret de Mar, y cuya descripción es "casa urbana del número dieciséis, en la calle DIRECCION001 , en Tossa de Mar. Tiene una superficie de ciento cincuenta y ocho metros cuadrados con setenta y nueve decímetros".

  3. La mitad del valor de la industria de hostelería denominada "Hotel La Palmera", ubicada en el inmueble sito en el número NUM006 de la anteriormente denominada calle " DIRECCION002 " de Tossa de Mar, (hoy calle DIRECCION001 esquina con calle DIRECCION003 ).

Asimismo, dicha legítima devengará el interés legal desde la muerte del causante, aunque el pago se efectúe en bienes hereditarios, concretándose los mismos, debiendo concretarse el valor de la legítima así como el de los intereses que de la misma se devenguen en fase de ejecución de sentencia.

En cuanto a las costas procesales, cada parte deberá abonar las cuasadas a us instancia, y la comunes por mitad."

SEGUNDO

La relacionada sentencia de fecha 20 de abril de 2000 se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, y previos los correspondientes trámites se fijó día diecinueve de noviembre de dos mil uno para la deliberación y votación de la misma.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jaime Masfarré Coll.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demandada recurre la sentencia dictada en la instancia peticionando únicamente que se proceda a la cuantificación de la legítima que corresponda a la adversa, sin diferir ello al periodo de ejecución de sentencia, toda vez que entiende que se han practicado pruebas suficientes a dichos fines....

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