SAP Córdoba 146/2002, 5 de Junio de 2002

PonenteFELIPE LUIS MORENO GOMEZ
ECLIES:APCO:2002:842
Número de Recurso160/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución146/2002
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª

SENTENCIA N° 146/02

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

ILTMO. SR. D. FRANCISCO ANGULO MARTIN

MAGISTRADOS:

ILTMO. SR. D. FELIPE L. MORENO GÓMEZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO

En CORDOBA, a cinco de junio de dos mil dos.La Sección Tercera de esta Audiencia ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de JUICIO VERBAL N° 160/02 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia n° 1 DE MONTILLA entre el demandante CIA SEVILLANA DE ELECTRICIDAD S.A. representado por el Procurador Sr Portero Castellano y defendido por el Letrado Sr Molina Ruiz del Portal, y el demandado ENTIDAD DE SEGUROS ZURICH representado por el Procurador Sr. Hidalgo Trapero y defendido por el Letrado Sr Roca Torres pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don FELIPE L. MORENO GÓMEZ.

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez de 1ª Instancia n° 1 DE MONTILLA cuyo Fallo es como sigue: "Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Hidalgo Trapero en nombre y representación de la entidad ZURICH contra la COMPAÑIA SEVILLANA DE ELECTRICIDAD, condenando a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 281.27 euros (46.800 ptas), más los intereses legales correspondientes así como al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose traslado de los mismos al Magistrado Ponente para que dictara la resolución procedente.

TERCERO

Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada

PRIMERO

El análisis que realiza el Juez a quo, en los cuatro últimos párrafos del fundamento de derecho primero de la sentencia impugnada, del conjunto de la prueba practicada es plenamente racional y lógico, ofreciendo al efecto una argumentación totalmente basada en el sentido común...

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