SAP Sevilla, 11 de Febrero de 2004
ECLI | ES:APSE:2004:576 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª |
Rollo nº 7010/2003
S E N T E N C I A
Iltmos. Sres.:
Don Juan Márquez Romero
Don Conrado Gallardo Correa
Don Fernando Sanz Talayero
En la ciudad de Sevilla a 11 de febrero de 2004.
Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio verbal nº 234/2003 sobre suspensión de obra nueva, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Utrera, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por Don Eugenio , mayor de edad y vecino de Utrera (Sevilla), representado por el Procurador Doña Mónica Fernández Herrera y defendido por el Abogado Don Antonio Fermín Díaz Blanco, contra Don Tomás , mayor de edad y vecino de Utrera (Sevilla), no personado en esta alzada. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la primera de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 10 de junio de 2003, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente: "Que desestimando la demanda sumaria sobre suspensión de obra nueva, promovida por la Procuradora Dª Isabel Mª Navarro Frías en nombre y representación de D. Eugenio , contra D. Tomás , debo absolver y absuelvo a este último, y en consecuencia, mando alzar la suspensión de la obra que ésta venía verfificando en la finca sita en CALLE000 , entre las nº NUM000 y NUM001 , de Utrera.Todo ellocon expresa imposición de las costas causadas a la parte actora".
Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, y admitido el mismo, tras formular escrito de oposición la parte demandada, se elevaron seguidamente los autos originales a este tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 11 de febrero de 2004 para la deliberación y fallo, en cuya fecha tuvo lugar.
Vistos, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Conrado Gallardo Correa.
La parte actora recurre únicamente el pronunciamiento sobre costas alegando, en esencia, que no procede imponerle las costas de la primera instancia por la existencia de elementos racionales y suficientes para reclamar la tutela efectiva y por la ausencia de abuso de derecho y conducta temeraria o dolosa.
Como el propio Tribunal Constitucional tiene declarado en sentencia de 1 de diciembre de 1988, las costas no constituyen una sanción al que pierde, sino una contraprestación de los gastos ocasionados, para que el que obtuvo una victoria fundada no vea mermados sus...
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