SAP Madrid 351/2007, 22 de Junio de 2007

PonenteFRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA
ECLIES:APM:2007:9590
Número de Recurso835/2006
Número de Resolución351/2007
Fecha de Resolución22 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00351/2007

Fecha: 22 de junio de 2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 835/2006

Ponente: ILMO. SR. D. FRANCISCO MOYA HURTADO

Apelante y demandante: ENTIDAD MERCANTIL «BANCO PASTOR, S.A.»

PROCURADOR: D. ARGIMIRO VÁZQUEZ GUILLÉN

Apelados y demandados:D. Lucas Y Dª Nieves

PROCURADOR: D. ANTONIO PIÑA RAMÍREZ

Autos: JUICIO EJECUTIVO 1198/1991

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 9 DE MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

En MADRID, a veintidós de junio de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO EJECUTIVO 1198/1991, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 9 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 835/2006, en los que aparece como parte apelante ENTIDAD MERCANTIL «BANCO PASTOR, S.A.» representada por el procurador D. ARGIMIRO VAZQUEZ GUILLEN, y como apelados D. Lucas y Dª Nieves representadoS por el procurador D. ANTONIO PIÑA RAMIREZ, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO MOYA HURTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 1198/1991, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 9 de los de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. Mercedes de Mesa García Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 9 de Madrid se dictó sentencia 142/2006 con fecha 11 de julio de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que estimando la impugnación por indebidas de la tasación de costas formulada por los ejecutados, D. Lucas y Doña Nieves así como la liquidación de intereses practicada por el Banco Pastor, S.A., debo declarar y declaro que respecto de los mismos su crédito quedó completamente extinguido en virtud de acuerdo extrajudicial suscrito entre los aquí litigantes, ello sin perjuicio de continuar la vía de apremio contra el resto de los ejecutados; con expresa imposición de las costas de este incidente a la parte impugnada."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, el Procurador Sr. D. Argimiro Vázquez Guillén, dándole traslado del mismo a la parte demandada quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 13 de junio del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugnó la tasación de costas practicada en la instancia así como la liquidación de intereses presentada por la ejecutante, pretensiones finalmente estimadas por la sentencia de instancia contra la que muestra disconformidad la actora ejecutante en base a los siguientes motivos de impugnación; disconformidad con la...

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