SAP Madrid 130/2006, 17 de Marzo de 2006
Ponente | MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO |
ECLI | ES:APM:2006:4441 |
Número de Recurso | 67/2004 |
Número de Resolución | 130/2006 |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICOCARLOS CEZON GONZALEZVICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00130/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 3971921 Fax: 3971998
N.I.G. 28000 1 7000997 /2004
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 67 /2004
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 700 /2002
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 53 de MADRID
De: M.G.D. MUTUALIDAD GENERAL DEPORTIVA ENTIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL,
FEDERACIÓN DE TENIS DE MADRID
Procurador: IGNACIO AGUILAR FERNANDEZ, CARLOS PIÑEIRA DE CAMPOS
Contra: Oscar, Lourdes
Procurador: IGNACIO MARTINEZ ZAPATERO, IGNACIO MARTINEZ ZAPATERO
Ponente: ILMO. SR. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Ilmo. Sr. D. VICTORIANO JESÚS NAVARRO CASTILLO
SENTENCIA
En Madrid, a diecisiete de marzo de dos mil seis.
Visto en grado de apelación ante esta Sección 13 de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 700/2002, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 53 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 67/2004, en los que aparece como parte apelante M.G.D. MUTUALIDAD GENERAL DEPORTIVA ENTIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL y FEDERACIÓN DE TENIS DE MADRID representado por los procuradores D. IGNACIO AGUILAR FERNANDEZ y D. CARLOS PIÑEIRA DE CAMPOS, y como apelado D. Oscar y Dª. Lourdes representados por el procurador D. Jon, sobre Tasación de costas indebidas, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO.
Con fecha veintiuno de julio de dos mil cinco, se practicó la tasación de costas causadas en la presente instancia, siendo impugnada por la parte condenada al pago por considerar la misma indebida. Tras sustanciar la impugnación por los trámites establecidos para los incidentes se señaló para deliberación, votación y fallo el día dieciséis de marzo de dos mil seis.
En el presente Rollo dictamos sentencia el veintiséis de enero de 2.005 en la que, además de desestimar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia por la Mutualidad General Deportiva Entidad de Previsión Social, también rechazamos la impugnación formulada por la Federación de Tenis de Madrid que versaba sobre la no imposición de costas a los demandantes D. Oscar y Dª. Lourdes pese a resultar aquella absuelta de la pretensión ejercitada frente a ella.
Los referidos demandantes y apelados solicitaron el veintitrés de junio de 2.005 que se practicase la tasación de las costas de la impugnación acompañando las respectivas minutas de la Abogada Dª. Mercedes, cuyos honorarios ascendían a la cantidad total de 303 ¤, tomando como base el 25 % de los honorarios recomendados en primera instancia (1.200 ¤), pues a ellos se circunscribía, como hemos señalado, la impugnación; y la cuenta de derechos del Procurador de los Tribunales D. Jon, cuya cuantía fijó en 337,63 ¤ (312 ¤ por aplicación del artículo 49.1 en relación con el artículo 1.3 y 22,25 ¤ por tasación de costas, más el IVA y la deducción de IRPF), que sorprendemente es superior a la correspondiente a sus derechos (189,96 ¤) por el recurso de apelación, que...
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