SAP Madrid 68/2006, 26 de Enero de 2006

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 10 (civil)
Número de resolución68/2006
Fecha26 Enero 2006

ANGEL VICENTE ILLESCAS RUSJOSE GONZALEZ OLLEROSMARIA TERESA PUENTE-VILLEGAS JIMENEZ DE ANDRADE

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00068/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7004628 /2005

Rollo: RECURSO DE APELACION 306 /2005

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 60 /2001

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PARLA

De: Jesus Miguel, Carlos

Procurador: JOSE LUIS PINTO MARABOTTO, JOSE LUIS PINTO MARABOTTO

Contra: Claudia, LeonardoDIRECCION000 DE PINTO, MONTERO Y MIGUEL PROMOCIONES S.L.

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO , SIN

PROFESIONAL ASIGNADO , SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Sobre: Tasación de costas. Impugnación por el concepto de indebidos.

PONENTE: ILMO. SR. D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

  1. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

  2. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

Dª Mª TERESA PUENTE VILLEGAS JIMENEZ ANDRADE

En MADRID , a veintiséis de enero de dos mil seis.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 60/01, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Parla , seguidos entre partes, de una, como demandados-apelantes D. Carlos Y D. Jesus Miguel, representados por el Procurador D. Jose Luis Pinto Marabotto y defendidos por Letrado, y de otra como demandante-apelada Dª María Luisa, asistida de Letrado y como demandados-apelados DIRECCION000 DE PINTO, D. Leonardo Y MONTERO Y MIGUEL PROMOCIONES, S.L., seguidos por el trámite de juicio ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Parla, en fecha 29 de marzo de 2004, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:"Que desestimando la impugnación formalizada por la representación de María Luisa de la tasación de costas practicada por la Sra. Secretaria de el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Parla, con fecha 31 de Enero de 2003 y 4 de Septiembre de 2033 respecto a la tasación de los honorarios reclamados por la representación de MONTERO Y MIGUEL PROMOCIONES S.L. Y Leonardo, se declaran firmes dichas tasaciones, sin imposición de las costas causadas en el presente incidente. Que estimando parcialmente la impugnación formalizada por la representación de María Luisa de la tasación de costas practicada por la Sra. Secretaria de el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Parla, con fecha 4 de Septiembre de 2003 respecto a la tasación de los honorarios reclamados por la representación de la DIRECCION000 DE PINTO, se excluye la partida "Aplicación criterio 43 deL ICAM. Por la redacción e interposición de recurso de reposición 10 % de la cuantía del procedimiento...234,25 euros" se fija el importe de los honorarios de la Letrada Dª Leticia en la suma de 2.716,98 euros, quedando fijada la tasación de costas en la suma de 3.219,11 euros sin imposición de las costas causadas en el presente incidente. Que estimando la impugnación formalizada por la representación de María Luisa de la tasación de costas practicada por la Sra. Secretaria de el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Parla, con fecha 4 de Septiembre de 2003 respecto a la tasación de los honorarios reclamados por la representación de Carlos, se excluye la partida relativa a los honorarios de la Letrada Dª Amanda, quedando fijada la tasación de costas en la suma de 501,09 euros, sin imposición de las costas causadas en el presente incidente.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 12 de diciembre de 2005, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 23 de Enero de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida en cuanto no aparezca contradicho o desvirtuado por los que se expresan a continuación.

SEGUNDO

(1) Luego de alcanzada firmeza por la sentencia que dictara la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. 1 de los de Coslada (Madrid) en fecha 4 de julio de 2002 en los autos de procedimiento ordinario seguidos ante dicho órgano al núm. 0060/2001, a la sazón íntegramente desestimatoria de la demanda formulada por la representación procesal de Doña María Luisa frente a Don Leonardo, Doña Claudia, Don Carlos, Don Jesus Miguel, a la entidad mercantil «Montero y Miguel Promociones S.L.» y a la DIRECCION000 de Pinto (Madrid), con imposición a la parte actora vencida del pago de las costas causadas, el Procurador Don Fernando Aragón Martín, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil «Montero y Miguel Promociones, S.L.», interesó del Juzgado «a quo» la práctica de la tasación de costas. Al objeto presentaba su propia Cuenta de Derechos por importe de 581,18 euros, IVA incluido y la Minuta de Honorarios del Letrado Don Luis Pedro, con el siguiente detalle «ESTUDIO DE ANTECEDENTES, REDACCIÓN DE LA CONTESTACIÓN A LA DEMANDA, VISTA PRELIMINAR, INTERPOSICIÓN DE DIVERSOS RECURSOS, ACTO DEL JUICIO ORAL HASTA SU CONCLUSIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LAS NORMAS ORIENTADORAS DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID (DISP. GRAL N. 11, C- 41 Y ART. 394.3 LEC ). HONORARIOS: 8.113,66 Euros; IVA: 1.298,18 Euros; SUMA: 9.411,84 Euros. Importa la presente minuta la cantidad de nueve mil cuatrocientos once euros con ochenta y cuatro céntimos. (9.411,84.-)».

(2) Por proveído de 16 de noviembre de 2002 se acordó la práctica de la Tasación de Costas solicitada, la cual se llevó a cabo por la Sra. Secretaria en fecha 31 de enero de 2003 con el siguiente contenido: «... La cuantía del procedimiento es de 13.615 euros, fijado en acta de audiencia previa de 08-05-2002.

Se practica la tasación sólo por las costas causadas a la demandada Montero y Miguel Promociones S.L, sin perjuicio de que las otras partes codemandadas soliciten con posterioridad la tasación de las causadas a su instancia si así se acuerda y se practique.

Honorarios del letrado D. Luis Pedro. Se reduce la minuta presentada a la cantidad de 5.264.13 euros por aplicación del art. 394.3 de la LEC (tercera parte de la cuantía del pleito mas el 16% de IVA). Derechos de Procurador Fernando Aragón Martín: art. 1 (mas [sic] el 10%): 396,67 euros; art. 35: 20,27 euros; IVA 16% sobre derechos: 66,71 euros. TOTAL PROCURADOR: 483,65 euros. ASciende [sic] la presente tasación a la cantidad s.e.u.o de 5.747,78 euros. Dése traslado por diez días comunes a las partes dentro de cuyo plazo podrá ser impugnada por los motivos y de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 245 y 246 LEC 1/2000 ».

(3) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 15 de enero de 2003, la Procuradora Doña Purificacion Rodríguez Arroyo, actuando en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la Calle Colombia num. 3 de Pinto (Madrid) interesaba del Juzgado «a quo» la práctica por la Sra. Secretaria de la oportuna tasación de costas para lo cual acompañaba su propia Cuenta de Derechos por importe de 502,13 euros, IVA incluido y la Minuta de Honorarios de la Letrado Doña Leticia, con el siguiente detalle: «...Factura: PROFORMA Fecha: 28-10-2002 CLIENTE: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA C/ COLOMBIA N 3 CIF: H-79711958. DOMICILIO: C/ COLOMBIA N 3. LOCALIDAD: Madrid (Pinto) * Honorarios del letrado D.ª Leticia por su intervención en el Procedimiento Ordinario 60/2001 ante el Juzgado de Primera Instancia numero 1 de Parla seguidos a instancia de D.ª María Luisa contra su representada la DIRECCION000 de Pinto y otros codemandados sobre modificación de elementos comunes. * Cuantía del procedimiento13.615 euros-; * Aplicación norma 41 del Iltre. Colegio de Abogados de Madrid. Por el estudio de las actuaciones, asistencia a la reanudación de la vista y asistencia a la vista. Primeros 3000 euros al 25%: 750 euros; Resto, 10.615 euros al 15%: 1592,25 euros; TOTAL: 2.342,25 EUROS. * Aplicación criterio 43 del Iltre. Colegio de Abogados de Madrid. Por la redacción e interposición de recurso de reposición, 10% de la cuantía del procedimiento: 234,22 EUROS. HONORARIOS DEL LETRADO POR SU TOTAL INTERVENCION PROFESIONAL: 2.576,47; 16% IVA: 412,24. TOTAL FACTURA: 2.988,71 Euros».

(4) Por proveído de 16 de noviembre de 2002 se acordó la práctica de la Tasación de Costas solicitada.

(5) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 10 de febrero de 2003, la representación procesal de la entidad mercantil «Montero y Miguel Promociones, S.L.» alegaba que «... mediante Providencia de treinta y uno de enero de dos mil tres, notificada a esta parte el siete de febrero siguiente, se me ha notificado la práctica de tasación de costas, por la que se reducen los honorarios de esta parte a la cantidad de 5.264,13 Euros. Que la Tasación de costas practicada se hace, según consta en la misma, en base al artículo 394.3 de la ...

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