SAP Barcelona, 30 de Septiembre de 2002

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2002:9576
Número de Recurso542/2001
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

Dª. AMELIA MATEO MARCO

D. VICTORIANO DOMINGO LOREN

Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER

En la ciudad de Barcelona, a treinta de septiembre de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Tercería de dominio-menor cuantía, número 61/1999 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 2 Berga, a instancia de GRAFIQUES A+C; SCP. representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. CARLOS ARCAS HERNANDEZ y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. DIDAC HERRERA, contra GRAFIQUES FLASHCOLOR; SL, MANIPULADOS BC.; SCP., D. Enrique , D. Matías , representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. CARLOS ARCAS HERNANDEZ y D. IVO RANERA CAHIS, y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. ALICIA LAGARTA, Dª ESTHER SANCHO, respectivamente; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por GRAFIQUES A+C; SCP., contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de julio de 2000, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda de tercerista interpuesta por la procuradora de los Tribunales Doña Mª Queralt Calderer Torrescasa en el nombre y representación de GRAFIQUES A+SCP. en contra de la entidad GRAFIQUES FLASHCOLOR SL., debidamente representada por la procuradora de los Tribunales Doña Lourdes Sensada Tor y en contra de MANIPULACIÓN BC. SCP. DON Matías Y DON Enrique declarados en rebeldía procesal y, en su consecuencia, absuelvo a los demandados de los pedimentos deducidos en ala demanda, con imposición de las costas procesales a la parte actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por GRAFIQUES A+C; SCP. y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 16 de septiembre de 2002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada, en cuanto no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

Apela la demandante la sentencia en que se desestima su demanda de tercería sobre unas máquinas, alegando que se ha producido una valoración errónea de la prueba practicada, pues de la obrante en...

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