SAP Alicante 386/2001, 19 de Julio de 2001

PonenteFRANCISCO JAVIER PRIETO LOZANO
ECLIES:APA:2001:3433
Número de Recurso889/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución386/2001
Fecha de Resolución19 de Julio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

SENTENCIA N° 386/01

Ilmos. Sres y Sra.

D. Francisco Javier Prieto lozano

D. José María Rives Seva

D. Cristina Trascasa Blanco

En la ciudad de Alicante a diecinueve de Julio de dos mil uno.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Ilmos. Sres y Sra expresados al margen ha visto, en grado de apelación (Rollo de Sala número 889-A/1999) los autos de juicio de menor cuantía, (Tercería de Dominio) registrada bajo número 280/1996 por el Juzgado de 1ª Instancia n° 2 de San Vicente promovida en juicio ejecutivo número 299/92, y en virtud de recurso apelación entablado por la demandante Doña Clara que en esta alzada se halla representada por el Procurador Sr de la Cruz Lledó y asistida por el Letrado Sr. Muñoz Arqués, siendo apelada la Caja de Ahorros del Mediterráneo representada por el Procurador Sr. Manzanaro Salines y asistida por el Letrado Sr. Ivañez Almira

Son igualmente parte en la presente causa y como demandados, D. Franco , D. Alfonso , Doña Francisca , D. Luis Angel , Doña Rosario y la mercantil Royal Obras y Contratas S.L. quienes al no haber comparecido a lo largo de la litis fueron en su día declarados en situación procesal de rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera instancia número 2 de San Vicente en los referidos autos se dictó con fecha 15 de febrero de 1999 sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. José Luis Arias Carracedo en nombre y representación de Doña Clara asistida por el Letrado Francisco R. Muñoz Arques, y en consecuencia debo absolver y absuelvo a los demandados Caja de Ahorros de Mediterráneo, Royal Obras T. Contratas S.L., Franco , Franco , Francisca , Luis Angel , Rosario de los pedimentos establecidos en el suplico de la demanda, con expresa condena en costas a la parte demandante.

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la demandante Sr. Clara , recurso que fue admitido a trámite y en ambos efectos remitiéndose la causa, tras emplazar a las partes, a este Tribunal de Apelación que a su recibo incoo Rollo bajo número 889/1999.Comparecidas que fueron las partes, apelante y apelada, y previa la tramitación pertinente del recurso, se señaló día y hora para la celebración de la vista que la ley procesal previene en cuyo acto el letrado de la recurrente solicitó la revocación de la sentencia apelada y que se estimasen los pedimentos de la demanda.

El Letrado de la recurrida solicitó la confirmación de la sentencia apelada y que la apelante fuese condenada al pago de las costas de la apelación.

Visto siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Prieto lozano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sabido es que la tercería dominio tiene por finalidad primordial el levantamiento de un embargo realizado sobre un bien o derecho susceptible de traba, (STS 22 de julio de 1996) en una determinada vio de apremio, extrayéndolo de la misma, precisamente, por no pertenecer al deudor ejecutado y puesto que solo sus bienes y derechos, y no por ello los de terceros, se hallan afectos a sus...

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