SAP Huesca 167/2001, 18 de Mayo de 2001

PonenteGONZALO GUTIERREZ CELMA
Número de Recurso60/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución167/2001
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Huesca

Dª. Dª. SANTIAGO SERENA PUIGD. GONZALO GUTIÉRREZ CELMAD. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

A. Civil nº 60/01S180501.7G

Sentencia Apelación Civil Número 167

PRESIDENTE *

D. SANTIAGO SERENA PUIG *

MAGISTRADOS *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO *

*

En la Ciudad de Huesca, a dieciocho de mayo de dos mil uno.

Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº I de Huesca, en Autos de Tercería de Mejor Derecho, registrados al número 275/00, promovido por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., contra Valentina , en rebeldía y la Caja de Ahorros de la Inmaculada, como demandados; pendientes ante esta Audiencia Provincial en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 60 del año 2.001, interpuesto por el demandado Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, que actúa en esta alzada representado por la Procuradora Dª. Teresa Ortega Navasa, siendo defendido por el Letrado D. José Javier Ramírez Martín; habiendo comparecido también ante este Tribunal, para la sustanciación de este recurso, en su calidad de apelado, el indicado demandante, representado por la Procuradora Dª. María José Maurel Boira y defendido por el Letrado D. Luis Calavia Rebollar; actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don GONZALO GUTIÉRREZ CELMA, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso, en el que aparecen y son de aplicación los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la Sentencia recurrida cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Fallo.- Que estimando la demanda deducida por la Procuradora Sra. Maurel en nombre y representación del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. contra Doña Valentina y la Caja de Ahorros de la Inmaculada declaro que el crédito que ostenta la entidad actora frente a Doña Valentina al amparo de la póliza de préstamo de 18 de diciembre de 1.997 es preferente al crédito que ostenta la Caja de Ahorros de la Inmaculada frente a la referida demandada recogido en la póliza de préstamo de 13 de marzo de 1.998, declarando el mejor derecho del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. a ser reintegrado de su crédito con preferencia a la ejecutante demandada Caja de Ahorros de la Inmaculada, condenando a las demandadas a que paguen las costas procesales".

TERCERO

Notificada la indicada Sentencia a los interesados, interpuso en tiempo y forma el demandado Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón el presente recurso de apelación, el cual fue admitido, elevándose los autos a esta Sala, tras el oportuno emplazamiento de las partes quienes comparecieron debidamente y en tiempo hábil en el presente rollo, sustanciándose con ellas el recurso por los trámites señalados en la Ley; teniendo lugar el acto de la Vista Pública en el día y hora previamente señalados, con la asistencia de las partes personadas indicadas en el encabezamiento de esta resolución, solicitando la apelante la estimación de su alzada, interesando concretamente la revocación de la Sentencia discutida, para que se procediera a declarar que la preferencia de la demandante sólo alcanza al principal e intereses y siempre después de haber quedado satisfechas las costas del apremio del que dimana esta tercería, con las costas de primera instancia a cargo de la actora; y pidiendo la apelada la desestimación del recurso por los propios fundamentos de la resolución impugnada. Seguidamente, se procedió a la deliberación de esta resolución.

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