SAP Barcelona 380/2007, 10 de Julio de 2007

PonenteMARIA ELENA BOET SERRA
ECLIES:APB:2007:9577
Número de Recurso202/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución380/2007
Fecha de Resolución10 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOQUINTA

ROLLO Nº 202/2006-2ª

JUICIO ORDINARIO nº 212-2005

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 46 de BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m.

Ilmos. Sres.

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Luis Garrido Espa

Dª. Elena Boet Serra

En la ciudad de Barcelona, a diez de julio de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoquinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 212-2005, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona, a instancia de ALOMOTOR S.L. representado por la Procuradora Dª. Luisa Lasarte Díaz y dirigido por el Letrado D. Juan A. Galán Fuentes, contra TRANSALCO 95 S.L. representado por el Procurador D. Jaume Guillem Rodríguez y dirigido por el Letrado D. Juan José Burgos-Bosch Ortega; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de enero de 2006, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, con estimación de la demanda presentada por ALOMOTOR S.L., debo condenar y condeno a TRANSALCO 95 al pago de VEINTIDOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO euros, con más sus intereses legales desde la fecha 23 /feb/ 04. Se condena en costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso por escrito de 14 de marzo de 2006; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 15 de marzo de 2007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Elena Boet Serra.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia estima íntegramente la demanda de juicio ordinario interpuesta por la compañía "TRANSALCO 95, S.L." contra "ALMOTOR, S.L." en reclamación de 22.758 euros en concepto de indemnización derivada de la avería de las mercancías (un vehículo seminuevo de importación) objeto de un contrato de transporte.

La demandada apela la sentencia aduciendo tres motivos: a) falta de legitimación pasiva; b) error en la valoración de la prueba en cuanto a la determinación del efecto de las averías; y c) vulneración del artículo 365 del Código de comercio en la determinación de la cantidad a satisfacer a la actora en concepto de valor del precio de las mercancías averiadas.

SEGUNDO

El primer motivo de recurso debe rechazarse por cuanto estima esta Sala que del documento núm. 6 acompañado en la demanda resulta acreditada la condición de la demandada como comisionista de transporte conforme al artículo 379 del Código de Comercio y, por ello, queda subrogada en las obligaciones y responsabilidades del porteador efectivo, "STARLOGIC, S.L.". No obsta para llegar a dicha conclusión que en la carta de porte no conste la demandada como porteadora, por cuanto el comisionista de transporte, a que se refiere el artículo 379 del Código de Comercio, se obliga con el cargador a entregar las mercancías en destino y, para cumplir con su obligación, contrata la ejecución del transporte por medio de terceros.

TERCERO

El 18 de febrero de 2004 la actora...

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