SAP Huesca 172/2001, 21 de Mayo de 2001
Ponente | SANTIAGO SERENA PUIG |
ECLI | ES:APHU:2001:264 |
Número de Recurso | 22/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 172/2001 |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca |
Sentencia Apelación Civil Número 172
PRESIDENTE*
D. SANTIAGO SERENA PUIG*
MAGISTRADOS*
D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA*
D. J. TOMAS GARCÍA CASTILLO*
*
En la Ciudad de Huesca, a veintiuno de mayo de dos mil uno.
Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Pro-- vincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instruc--- ción número 2 de los de Jaca, como juicio ejecutivo registrado al número 79/00, promovido por Exclusivas y Distribuciones Bruned S.L. como demandante, contra DIRECCION000 ., como demandado; pendientes ante esta Audiencia Provincial en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 22 del año 2.001, interpuesto por el citado demandado, que actúa en esta alzada representado por la Procuradora doña María Teresa Ortega Navasa, siendo defendido por el Letrado don José Luis Lalaguna López; habiendo comparecido también ante este Tribunal, para la sustan--- ciación de este recurso, en su calidad de apelado, el indicado demandante, representado por la Procuradora doña Esther Del Amo Lacambra y defendido por el Letrado don Julio Rojas Bejarano; actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don SANTIAGO SERENA PUIG, quien expresa el pare----cer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso, en el que aparecen y son de aplicación los siguientes:
Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.
El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la Sentencia recurrida cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Fallo.- Que desestimando la oposición a la demanda, deducida en estos autos, de juicio ejecutivo que contra DIRECCION000 ., formuló la demandante Exclusivas y Distribuciones Bruned S.L., debo mandar y mando seguir la ejecución adelante hasta hacer trance y remate de los bienes embargados al ejecutado y con su producto, hacer entero y cumplido pago al acreedor ejecutante de las sumas de 352.888 pts (trescientas cincuenta y dos mil ochocientas ochenta y ocho), en concepto de principal más los intereses legales, créditos y gastos que procedan, con total imposición de las costas causadas, y que se causen hasta la total ejecución, al pago de cuyas cantidades se condena, expresamente al demandado".TERCERO: Notificada la indicada Sentencia a los interesados, interpuso en tiempo y forma el demandado el presente recurso de apelación, el cual fue admitido, elevándose los autos a esta Sala, tras el oportuno emplazamiento de las partes quienes comparecieron debidamente y en tiempo hábil en el presente rollo, sustanciándose con ellas el recurso por los trámites señalados en la Ley; teniendo lugar el acto de la Vista Pública en el día y hora previamente señalados, con la asistencia de las partes personadas indicadas en el encabezamiento de esta resolución, solicitando la apelante la estimación de su alzada, interesando concretamente la revocación de la Sentencia discutida, para que se procediera a estimar su oposición, con las costas de ambas instancias a cargo del la ejecutante; y pidiendo la apelada la desestimación del recurso por los propios fundamentos de la resolución impugnada. Seguidamente, después de informar las partes en defensa de sus pretensiones, se procedió a la deliberación de esta resolución.
Se ha mantenido en esta segunda instancia la nulidad del juicio...
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