SAP Madrid, 29 de Junio de 1999

PonenteJULIO CARLOS FRANCISCO DE PAUL SALAZAR BENITEZ
Número de Recurso901/1996
Fecha de Resolución29 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

Sentencia

En Madrid, a veintinueve de Junio de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad derivada de accidente de circulación, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 62 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA, de otra, como demandada-apelante, CATALANA OCCIDENTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, y, de otra, como demandada-apelada, DON Serafin .

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Julio Carlos Salazar Benítez .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 62 de Madrid, en fecha 5 de marzo de 1.996, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Mutua Madrileña Automovilista representada por el Procurador Don Jorge Deleito García contra D. Serafin y contra la Compañía de Seguros Catalana de Occidente, debiendo de condenar y condenando a los demandados a que solidariamente abonen a la parte actora la cantidad de NOVENTA MIL SESENTA Y DOS PESETAS (90.062.- pts.) intereses legales del Art. 921 L.E.Cv. de dicha cantidad desde la fecha de la interpelación judicial y al abono de las costas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la compañía de seguros demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quien presentó escrito impugnándolo. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia; y quedando el procedimiento pendiente de resolución, se señaló para deliberación y votación, lo que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los correlativos contenidos en la sentencia de primera instancia, los que se dan aquí por reproducidos para evitar innecesarias repeticiones.

SEGUNDO

En la presente litis, la sociedad actora, hoy apelada, Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija, reclama a Don Serafin y a la Compañía de Seguros Catalana Occidente la suma de noventa mil sesenta y dos pesetas de principal e intereses de la Ley Orgánica 3/1.989, cantidad esta que la actora había satisfecho a su asegurado para el arreglo del vehículo, por los daños ocasionadosen el accidente producido el 20 de diciembre de 1.994, ejercitando, por lo tanto, la acción subrogatoria establecida en...

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