SAP Cáceres 25/2003, 5 de Mayo de 2003

ECLIES:APCC:2003:320
Número de Recurso52/2003
Número de Resolución25/2003
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

CACERES

SENTENCIA Nº 25/03

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

Dª. Mª FELIX TENA ARAGON

MAGISTRADOS

D. PEDRO V. CANO MAILLO REY

D. JACINTO RIERA MATEOS

ROLLO N° 52/03

JUICIO ORAL N° 24/03

JUZGADO DE LO PENAL. DE PLASENCIA

En Cáceres, a cinco de mayo de dos mil tres.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Que por el Juzgado de lo Penal de Plasencia, en el Juicio Oral reseñado al margen, seguido por un delito de contra la seguridad del tráfico, contra Plácido , se dictó Sentencia de fecha 28-02-03;, cuyos hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS De las pruebas practicadas resultan acreditados los siguientes hechos que se declaran probados: El acusado Plácido , mayor de edad y ejecutoriamente condenado en virtud de sentencia firme de fecha 25 de febrero de 2000 dictada por el Juzgado de lo Penal de Plasencia como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico a las pena de cuatro meses de multa y privación del derecho a conducir por tiempo de trece meses, tras la ingestión de diversas y abundantes bebidas alcohólicas que mermaban Su capacidad físico-psíquica para una correcta y segura conducción, sobre las 21:00 horas del día veintidós de marzo de dos mil dos conducía el ciclomotor con núm. De bastidor NUM000 por la carretera CCV 29.2 cuando en el punto kilométrico 1.5 fue requerido por agentes de la Guardia Civil que le requirieron la documentación. En dicho momento los agentes notaron en el acusado evidentes síntomas de embriaguez por lo que requirieron la presencia del equipo de atestados que sometió al acusado a un test de alcoholemia, el, cual se practicó con el etilómetro evidencial de precisión marca DRAGER modelo 7110 y núm. ARHJ-0015 debidamente calibrado y revisado, arrojó sendos resultados positivos de 0,93 y 0,91 miligramos de alcohol en litro de aires espirado en primera y segunda prueba realizadas a las 21:00 y 21:15 horas. El acusado como síntomas evidentes de la ingesta alcohólica presentaba los siguientes: expresión verbal con incoherencias, repetición de frases e ideas, comportamiento arrogante, ojos brillantes, pupilas dilatadas, habla pastosa, halitosis alcohólica notoria a distancia, y deambulación vacilante con incapacidad para andar en línea recita en tres metros.

FALLO:

"Que debo condenar y condeno a Plácido , como responsable criminalmente en concepto de autor de un delito contra la seguridad del tráfico por conducción de un vehículo de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, antes definido, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia a la pena de multa de cinco meses a razón de cuatro euros la cuota diaria (lo que equivale a seiscientos euros), con el establecimiento para caso de impago de una responsabilidad personal subsidiaria de un día de, arresto carcelario por cada dos cuotas impagadas, previa la declaración de insolvencia; y a la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de dos años, y al pago de las costas procesales.

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la representación de Plácido , que fue admitido en ambos efectos, y transcurrido el periodo de instrucción y alegaciones de conformidad con lo establecido en la LECr., se elevaron las actuaciones a esta Iltma. Audiencia Provincial.

Tercero

Recibidas que fueron las actuaciones se formó el correspondiente rollo, con el oficio misivo por cabeza, registrándose con el número que consta en cabecera, se acusó recibo y quedaron las actuaciones pendientes del turno interno de la Sala para votación y fallo que fue señalado para el día

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. PEDRO V. CANO MAILLO REY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La representación procesal del condenado don Plácido recurre en apelación la Sentencia del Juzgado de lo Penal de Plasencia interesando la libre absolución del apelante. Ha habido una...

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