SAP Álava 162/2000, 29 de Mayo de 2000
Ponente | IÑIGO ELIZBURU AGUIRRE |
ECLI | ES:APVI:2000:500 |
Número de Recurso | 126/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 162/2000 |
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA
ARABAKO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 1ª
AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta
Tfno.: 945-004821
Fax: 945-004820
N.I.G. 01.02.2-00/003113
R. MENOR CUANTIA 126/00
O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucción nº 2 (AMURRIO)
Autos de J.MENOR CUANTIA 60/99
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Recurrente: "ROYAL SUN & SUN ALLIANCE, S.A."
Procurador: JUAN USATORRE IGLESIAS
Abogado: CARLOS FUENTENEBRO ZABALA
Recurrido-Adherido: Luis Enrique
Procurador: MIGUEL ANGEL ECHÁVARRI MARTÍNEZ
Abogado: DOMINGO BLANCO DEL RIO
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Iñigo Madaria Azcoitia, Presidente, D. Francisco Picazo Blasco y D. Iñigo Elizburu Aguirre, Magistrados, ha dictado el día veintinueve de Mayo de dos mil, la siguiente.SENTENCIA Nº 162/00
En el recurso de apelación civil rollo de Sala nº 126/00, dimanante de Juicio de Menor Cuantía nº 60/99, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Amurrio, promovido por ROYAL & SUN ALLIANCE, S.A. dirigido por el Letrado D. Carlos Fuentenebro Zabala y representado por el Procurador D. Juan Usatorre Iglesias, frente a la sentencia dictada en fecha 21.02.00, siendo apelada adherida D. Luis Enrique dirigido por el Letrado D. Domingo Blanco Del Rio y representado por el Procurador D. Miguel Angel Echavarri ; y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Iñigo Elizburu Aguirre.
En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Amurrio, sentencia cuya parte dispositiva dice: "Que estimando parcialmente la demanda promovida por la Procuradora Sra. Burón en nombre y representación de D. Luis Enrique contra Royal Sun Alliance, S.A. de Seguros, S.A. representada por el procurador Sr. De Miguel debo declarar y declaro que la demandada resulta obligada pagar al Sr. Luis Enrique la suma de seis millones doscientas ochenta y siete mil novecientas quince pesetas (6.287.915 ptas) condenando a la Cía Royal Sun Alliance al abono de la meritada cantidad y sin que proceda hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas".
Frente a la anterior resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Royal &Sun Alliance, S.A., recurso que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia previo los emplazamientos oportunos a las partes.
Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala en fecha 24.3.00, y personadas las partes, se formó el rollo, registrándose y turnándose la ponencia, y dentro del plazo previsto en los artºs 705 y 707 L.E.C.,por el Procurador Sr. Echávarri, se presentó escrito adhiriéndose al recurso, pasando los autos para instrucción por el plazo de seis dias al Sr. Magistrado Ponente.
Una vez concluidos los trámites anteriores, se señaló para la celebración de la vista el día
25.5.00 a las 12,00 horas, pasando mientras tanto los autos a las partes para instrucción por el plazo de cuatro días, para cada uno, teniendo lugar la vista en la fecha indicada con la asistencia de las partes que informaron por su respectivo orden solicitando: el letrado de la parte apelante principal la revocación de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia , desestimando íntegramente la demanda. El Letrado de la parte apelada interesa la desestimación del recurso formulado de adverso. En lo que se refiere a su adhesíon al recurso lo es en el sentido de que se impongan los intereses del artº 20 L.C.S. a la demandada y subsidiariamente los intereses del artº 921 L.E.C., con imposición de las costas causadas en esta apelación a la parte apelante. El letrado de la parte apelante principal interesa la desestimación del recurso formulado de adverso. Quedando los autos vistos para la resolución que corresponda.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Entrando en el examen de las cuestiones objeto de esta alzada, y comenzando por la apelación principal, hay que indicar como Royal & Sun Alliance S.A. solicita la revocación de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia y la desestimación íntegra de la demanda.Esta Sala entiende, a diferencia de lo que se mantiene en la sentencia de instancia que debe considerarse suficientemente acreditado que la causa del accidente, de la caída del Sr. Luis Enrique de la yegua sobre la que cabalgaba, fue la rotura de la cincha, en este sentido hay que señalar como coinciden los testimonios de las dos personas que acompañaban a aquel en la excursión, el Sr. Carlos Manuel y la Sra. Alicia , y si bien de las declaraciones de estos resulta su relación con el actor, no por ello puede...
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