SAP Valencia 410/2002, 23 de Septiembre de 2002

PonenteMANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA
ECLIES:APV:2002:5131
Número de Recurso316/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución410/2002
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

D. José Alfonso Arolas RomeroDª. Dª. Susana Catalán MuedraD. Manuel José López Orellana

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

SECCIÓN UNDÉCIMA

ROLLO Nº 316/02

Autos: Menor Cuantía 471/00 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 5 de Valencia

Demandante-apelante: Chapman Freebon Airchartering

Procurador.- Dª Mercedes Soler Monforte

Letrado.- D. José Domingo Monforte

Demandado-apelado: Agencia de Viajes V.B Travel S.A

Procurador.- Dª Mercedes Soler Monforte

Letrado.- D. José Domingo Monforte

Demandante-impugnante.- Dª Olga y otros

Procurador.- Dª Maria Luisa Sempere Martínez

Letrado.- Dª Amparo Cerda Llorens

SENTENCIA Nº____410/02____

SECCION UNDÉCIMA

ILUSTRÍSIMOS. SEÑORES:

Magistrado Presidente,

D. José Alfonso Arolas Romero

Magistrados:

Dña. Susana Catalán Muedra

D. Manuel José López Orellana

En la ciudad de Valencia, a veintitrés de septiembre de dos mil dos.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Manuel José López Orellana, los autos de juicio menor cuantía, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Valencia, con el núm. 471/00, por Chapman Feebon Airchartering y Dª Olga y otros contra Agencia de Viajes V.B. Travel, S.A. sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Chapman Freebon Airchartering, S.L., representado por el Procurador Doña Mercedes Soler Monforte contra Dª Olga y otros, representado por el Procurador Doña María Luisa Sempere Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Valencia, en fecha 01-02-02 en el juicio de menor cuantía núm. 471/00 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA PROMOVIDA por Doña Olga , D. Eloy , D. Andrés , D. Jesus Miguel , D. Jose Augusto , D. Roberto , D. Jorge , D. Francisco , D. Cornelio , D. Antonio , D. Pedro Francisco , D. Luis Pablo , D. Luis María , D Jose Pedro , D. Valentín , D. Romeo , D. Paulino , D. Millán , D. Mauricio , D. Marcelino , D. Matías , D. Miguel , DOÑA Eugenia , D. Rafael , DOÑA María Luisa , D. Sebastián , D. Jose Luis , D. Jose Pablo , D. Luis Alberto , DOÑA Raquel , D. Bartolomé , D. Daniel , D. Fermín , D. Isidro , D. Plácido , D. Jose Ángel , DOÑA Gema , D. Juan Francisco , D. Aurelio , DOÑA Aurora , D.

Imanol , D. Rosendo , D. Luis Miguel , DOÑA Valentina , D. Braulio , D. Hugo , D. Jose Ignacio , DOÑA Pedro Enrique , D. Everardo , DOÑA Marisol , DOÑA Constanza , DOÑA Marí Trini , D. Jose Carlos , D. Alfredo , D. Iván , DOÑA Natalia , D. Luis Andrés , D. Domingo , D. Silvio , D. Alvaro , D. Marcos , D. Abelardo , DOÑA Maite , D. Octavio , DOÑA Erica , D. Ángel , D. Salvador , D. Cosme , D. Carlos Alberto , D. Gerardo , DOÑA Cristina , D. Miguel Ángel , DOÑA Andrea , D. Jose Francisco , D. Gregorio , D. Alejandro , D. Carlos Miguel , D. Lucas , D. Eusebio , D. Augusto , D. Juan Manuel , D. Carlos Ramón , D. Santiago , D. Luis , D. Juan , D. Jaime , D. Joaquín , D. Lorenzo , D. Rodolfo , D. Jose María , D. Luis Carlos , D. Juan Pablo , DOÑA Lourdes , D. Diego , D. Javier , D. Carlos José , D. Agustín , D. Inocencio , D. Luis Enrique , D. Ernesto , DON Carlos Jesús , D. Eugenio , DOÑA Paula , D. Juan María ,

D. Leonardo , D. Constantino , D.

Juan Enrique , D. Jose Ramón Y D. Ricardo , *Dña. Pedro Enrique es la madre del menor Jose Carlos , cuyo nombre aparece en el nº 144 de la lista de pasajeros, y otorga los poderes de representación procesal en nombre y representación de su hijo, ver la escritura de poder de fecha 4 de julio de 2000, autorizada por el Notario de Valencia, *D. Enrique Robles Perea. Dña. Marisol es la madre del menor Alfredo , cuyo nombre aparece en el nº 136 de la lista de pasajeros, y otorga la escritura de poder de representación procesal en nombre y representación de su hijo, ver asimismo la escritura de poder de fecha 4 de julio de 2000, autorizada por el Notario de Valencia, *D. Enrique Robles Perea. D. Gerardo y Doña Cristina son los padres del menor Miguel Ángel , cuyo nombre figura en el nº 88 de la lista de pasajeros, y otorgaron la escritura de poder de representación procesal en nombre y representación de su hijo, ver la escritura de poder de fecha 4 de julio de 2000 autorizada por el Notario de Paterna D. Miguel V. Castillo Nácher, y en su representación el Procurador de los Tribunales MARIA LUISA SEMPERE MARTINEZ, contra AGENCIA DE VIAJES V.B. TRAVEL S.A. Y CHAPMAN FREEBON AIRCHARTERING, S.L., representado por el Procurador de los Tribunales MERCEDES SOLER MONFORTE, CONDENANDO A la demandada CHAPMAN FREEBON AIRCHARTERING, S.L. Y ABSOLVIENDO A la codemandada AGENCIA DE VIAJES V.B. TRAVEL; y en cuanto a las costas se acuerda no hacer especial imposición de costas, en lo que se refiere a la Agencia de Viajes V.B. TRAVEL por lo que, en lo que a ambas atañe cada parte abonara las propias y las comunes por mitad. Respecto a la demandada CHAPMAN FREEBON AIRCHARTERING, S.L. se acuerda la imposición especial de las costas a ésta."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Procurador Dª Mercedes Soler Monforte en nombre y representación de Chapman Freebon Airchartering, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de impugnación por el Procurador Doña María Luisa Martínez Sempere en nombre y representación de Doña Olga y otros. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 12-09-02.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Habiendo sido dictada sentencia parcialmente estimatoria de la demanda interpuesta por los actores, por la que se condena a la mercantil Chapman Freebon Airchatering, S.L. al pago íntegro de los conceptos indemnizatorios solicitados por el defectuoso cumplimiento de sus obligaciones respecto del transporte organizado por avión para la asistencia de los demandantes como aficionados del Valencia C. F. a la final en París del torneo de fútbol en el que participaba, e igualmente se absuelve a la otra demandada, la agencia de viajes V. B. Travel S. A., apela la sentencia la entidad condenada con el fin de obtener pronunciamiento absolutorio frente a la misma, e igualmente los actores, por vía impugnatoria, para que se extienda la responsabilidad con carácter solidario a la mercantil absuelta.

SEGUNDO

En lo atinente al recurso de apelación interpuesto por la mercantil Chapman Freebon Airchatering S.L., se acepta la conclusión a la que llega el Juzgador de instancia en orden a considerar justificada la responsabilidad de la misma, ya que aduciéndose por la demandada error en la apreciación de la prueba e infracción de los artículos 19 y 20 del Convenio de Varsovia de 12 de octubre de 1929 sobre unificación de ciertas reglas relativas al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
8 sentencias
  • SJMer nº 1 54/2016, 25 de Febrero de 2016, de Zaragoza
    • España
    • 25 de fevereiro de 2016
    ...como también para supuestos de retraso en casos de transporte aéreo han declarado las SAP Asturias de 21 de enero de 2002 , SAP Valencia de 23 de septiembre de 2002 , SAP Sevilla de 31 de octubre de 2003 , y SAP Madrid de 14 de mayo de 2004 En consecuencia procede la estimación de la demand......
  • SJMer nº 1 97/2018, 14 de Mayo de 2018, de Zaragoza
    • España
    • 14 de maio de 2018
    ...como también para supuestos de retraso en casos de transporte aéreo han declarado las SAP Asturias de 21 de enero de 2002 , SAP Valencia de 23 de septiembre de 2002 , SAP Sevilla de 31 de octubre de 2003 , y SAP Madrid de 14 de mayo de 2004 . Por lo tanto, procede la estimación de la demand......
  • SJMer nº 1 76/2016, 18 de Marzo de 2016, de Zaragoza
    • España
    • 18 de março de 2016
    ...como también para supuestos de retraso en casos de transporte aéreo han declarado las SAP Asturias de 21 de enero de 2002 , SAP Valencia de 23 de septiembre de 2002 , SAP Sevilla de 31 de octubre de 2003 , y SAP Madrid de 14 de mayo de 2004 En consecuencia procede la estimación de la demand......
  • SJMer nº 1 214/2016, 14 de Septiembre de 2016, de Zaragoza
    • España
    • 14 de setembro de 2016
    ...como también para supuestos de retraso en casos de transporte aéreo han declarado las SAP Asturias de 21 de enero de 2002 , SAP Valencia de 23 de septiembre de 2002 , SAP Sevilla de 31 de octubre de 2003 , y SAP Madrid de 14 de mayo de 2004 En consecuencia procede la estimación de la demand......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR