SAP A Coruña 140/2007, 19 de Marzo de 2007

PonenteMARIA DEL CARMEN ANTONIA VILARIÑO LOPEZ
ECLIES:APC:2007:648
Número de Recurso542/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución140/2007
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00140/2007

FERROL 4

Nº Rollo: 542/06

Fecha de reparto: 18-09-06

Vista: 12/2/07

S E N T E N C I A

Nº 140/07

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG, Presidente.

D. ANTONIO MIGUEL FERNANDEZ MONTELLS FERNANDEZ

Dña. Mª DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ

En A Coruña, a diecinueve de Marzo de dos mil siete.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los Señores cuyos nombres al margen se relacionan los presentes autos de juicio verbal 159/06, de tutela sumaria de la posesión, sustanciados en el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Ferrol, y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes; como demandantes- apelantes, Dña. Montserrat y Dña. Marí Juana, representadas por el Procurador D. JOSE ANGEL CORTIÑAS FARIÑA; y, como demandados-apelados, Dña. Begoña y D. Jesús Carlos, representados en autos pòr la Procuradora Dña. MARIA TERESA PITA URGOITI. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dña. Mª DEL CARMEN VILARIÑO LOPEZ

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada de fecha 11 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Ferrol, cuya parte dispositiva dice como sigue:

"- FALLO: POR TODO O EXPOSTO DEBO desestimar e desestimo a demanda interdictal presentada, polo procurador sr. Pérez Sanmartín, en nome e representación, de Dona Montserrat e Dona Marí Juana, contra os demandados D. Jesús Carlos, e Dona Begoña.

As custas procesuais, imponénse á parte actora".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de las demandantes. Dándose traslado del mismo a las demás partes personadas, y emplazándolas conforme a lo establecido en el artículo 461.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la representación procesal de los demandados presentó escrito de oposición a dicho recurso. De conformidad al artículo 463 de la misma Ley Procesal se remitieron los autos a esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial para la resolución del recurso, en donde, recibidos, se formó el rollo de apelación civil número 542/06. Habiéndose admitido el recibimiento a prueba en esta instancia para la práctica de la testifical interesada en el escrito de recurso, se señaló para la celebración de la correspondiente vista el pasado día 12 de febrero de 2007.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Las recurrentes formulan demanda de tutela posesoria aduciendo que la vivienda de su propiedad tiene su frente y acceso desde tiempo inmemorial a través de un patio de uso común, y que los demandados habrían estado perturbando la posesión de esta zona de uso común de forma continuada a lo largo de los últimos meses al instalar tanto su vehículo como otros automóviles, impidiendo el paso a través de ese terreno, vendando el acceso en vehículo rodado a las casas cuando están estacionados en el lugar y, en consecuencia, obligando a las demandantes a acceder a pie a su casa por no disponer de anchura suficiente para introducir un vehículo.

La sentencia de instancia desestima la demanda, según se desprende de lo que en ella se razona, al entender...

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