SAP Almería 201/2003, 12 de Julio de 2003

ECLIES:APAL:2003:1055
Número de Recurso132/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución201/2003
Fecha de Resolución12 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 132/03

SENTENCIA NUMERO 201/03

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID

En la Ciudad de Almería, a 12 de julio de 2003.

La Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación, Rollo número 132/03, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Berja, seguidos con el número 368/02, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, entre partes, de una, como DEMANDANTE, "Diseño y Textura, S.A.", y de otra, como DEMANDADA, Dª. Marí Jose, representada la primera por el Procurador D. Adrián Salmerón Morales y dirigida por el Letrado D. Benito Cobo Ruiz de Adana, y la segunda representada por el Procurador

D. José Manuel Escudero Ríos y dirigida por el Letrado D. Manuel Enrique Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Berja, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 21 de diciembre de 2002, estimando la pretensión actora y condenando, en consecuencia, a la parte demandada a abonar a aquella la suma adeudada, con imposición de costas a dicha demandada.

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la citada parte demandada, Dª. Marí Jose, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia desestimatoria de la pretensión actora, por las razones expuestas en dicho escrito.

CUARTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte apelada, quien solicitó la confirmación de la mencionada resolución.

A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde, formado y registrado el correspondiente Rollo, se turnó de ponencia y, no habiéndose solicitado prueba en esta segunda instancia, ni habiéndose estimado necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el pasado 1 de julio de 2003. QUINTO.- En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Deriva el presente juicio declarativo verbal de una inicial reclamación de cantidad efectuada en procedimiento monitorio, al amparo de lo dispuesto en los arts. 812 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

De esa cantidad inicial, 6.963,24 euros (1.158.585 ptas.), la parte demandada ha abonado 5.037,16 euros, tras el requerimiento efectuado al amparo del art. 815 de la LEC, manifestando no adeudar ninguna otra cantidad a la demandante.

Por ello, y de acuerdo con lo establecido en el art. 818 de la citada Ley, el Juez de primera instancia acuerda convocar a las partes a juicio verbal, puesto que la cantidad discutida, a la que se ha opuesto el deudor, asciende a 1.926,08 euros.

SEGUNDO

A la vista de lo anterior, la petición de nulidad de la sentencia alegada...

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