SAP Zaragoza 7/2008, 10 de Enero de 2008

PonenteEDUARDO NAVARRO PEÑA
ECLIES:APZ:2008:542
Número de Recurso497/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución7/2008
Fecha de Resolución10 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00007/2008

497/07

SENTENCIA NUMERO SIETE

Ilmos. Señores: |

Presidente: |.

D. Juan I. Medrano Sánchez |

Magistrados: |

D. Eduardo Navarro Peña |

Dª. Mª Jesús de Gracia Muñoz |

En la Ciudad de Zaragoza a diez de Enero de dos mil ocho

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 1 de Junio de 2.007 por el Juzgado de Primera Instancia número Ocho de los de esta Ciudad, en autos de Juicio Verbal seguidos con el número 346/07, sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por expiración del plazo contractual, de que dimana el presente rollo de apelación numero 497/07, en el que han sido partes, apelante, el demandado D. Ángel, representado por la Procuradora Dª. Carmen Ibáñez Gómez y asistido de la Letrada Dª. Marina Ortiz Ibáñez, y, apelada, el demandante D. Eugenio, representado por la Procuradora Dª. Belén Obón Díaz y asistido del Letrado D. Eduardo Martínez Joven, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: 1º).- Estimo la demanda interpuesta por D. Eugenio. 2º).- Declaro haber lugar al desahucio solicitado por la parte actora. 3º).- Condeno a D. Ángel a desalojar el inmueble objeto de estos autos con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciere. 4º).- Impongo el pago de las costas a la repetida parte demandada. "

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal del demandado preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por la Sala, que revocando la recurrida desestimase la demanda deducida por la parte actora, no dando lugar al desahucio por ella interesado al no haber expirado todavía el plazo de prórroga convencional del mentado contrato de arrendamiento de vivienda que vincula a los litigantes, con expresa condena en costas de ambas instancias al demandante.

TERCERO

Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal de la parte actora, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, dedujo escrito de oposición, en el que vino a interesar en primer lugar que se declarase desierto dicho recurso al no estar el arrendatario apelante al corriente en el pago de la renta, y, para el supuesto de que no se admitiera tal pretensión inicial, se desestimase dicho recurso, con la consiguiente confirmación de la sentencia de instancia, imponiendo al apelante las costas de esta alzada, tras de lo cual se remitieron los autos originales de dicho procedimiento a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.

CUARTO

Recibidos que fueron dichos autos en fecha 15 de Noviembre de 2.007, se formó el correspondiente rollo de Sala, en el que se personaron ambas partes, apelante y apelada, y seguido aquel por sus trámites legales se señaló, finalmente, para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día...

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