SAP Madrid, 20 de Febrero de 2001

PonentePASCUAL MARTIN VILLA
ECLIES:APM:2001:2459
Número de Recurso453/2000
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veinte de Febrero de dos mil uno.

Vistos en trámite de apelación, ante esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, los presentes Autos de Juicio de Verbal , Núm. 186/99 , sobre, Acción de Rectificación , procedentes del Juzgado de Primera Instancia, Núm, 51 , de Madrid , seguidos entre partes, como Apelante GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUINEA ECUATORIAL , cuyas demás circunstancia personales ya constan en la Sentencia apelada Nº342/99 , y como Apelada PRENSA ESPAÑOLA S.A. ,Igualmente circunstanciada en aquella sentencia, Rollo de Sala Nº 453/2000.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pascual Martín Villa

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los Autos originales Núm. 186/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 51 de Madrid ,fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid,de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm.51 , de Madrid , se dictó sentencia con fecha: dieciocho de junio de 1999 , cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.-" Que desestimando la demanda intepuesta por Dª. Guadalupe en nombre y representación de EL ESTADO Y GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUINEA ECUATORIAL, contra PRENSA ESPAÑOLA S.A., sobre derecho de rectificación de la información aparecida en el diario ABC, el día 5 de marzo del presente año, refernte a la emisión de un comunicado por parte de la Coordinadora de la Oposición Democrática de Guinez Ecuatorial, y en consecuencia debo absolver y absuelvo a la demandada de cuantos pedimentos se hicieron de contrario, haciendo expresa imposición de las costas causadas a la parte actora."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los Autos a esta Sección Vigesimoquinta por la Sección Decimotercera de esta Audiencia, celebrándose la vista del presente recurso el día diecinueve de febrero del mes en curso .

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alzó el...

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