SAP Jaén 227/2003, 18 de Septiembre de 2003

PonenteJosé Cáliz Covaleda
ECLIES:APJ:2003:1169
Número de Recurso18/09/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución227/2003
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª

D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDADª. Dª. LOURDES MOLINA ROMEROD. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES

AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN

SECCIÓN TERCERA

S E N T E N C I A Núm. 227/03

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA

Magistrados

Dª.LOURDES MOLINA ROMERO

D. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES

En la Ciudad de Jaén, a Dieciocho de Septiembre de dos mil tres.-

Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal, seguidos en Primera instancia con elnúm. 595 del año 2002, por el Juzgado de Primera Instancia Número Seis de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 246/2003 a instancia de Dª.

Mariana

, defendida por el Letrado D. Francisco Javier Pereda Pereda, contra EURO CRÉDITO E.F.C.S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL y contra OPEN ENGLISH MASTER SPAIN S.A. esta última declarada en rebeldía, y la primera representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales D. José Jiménez Cózar y defendida por el Letrado D. Oscar Blanco López.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número Seis de Jaén, con fecha Veinte de Febrero de Dos mil tres.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: "Que, ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por Dª

Mariana

contra Open English Master Spain S.A. y Eurocrédito E.F.C.S.A., declaro resuelto el contrato de enseñanza entre la actora yOpen English Master Spain S.A., y el de financiación entre la actora y Eurocrédito E.F.C.S.A., debiendo abonar ésta última a la demandante la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (59'80 euros), más el interés legal, debiendo excluir a la actora de los registros de impagados. Con expresa condena en costas de las demandadas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó e interpuso por EURO CRÉDITO E.F.C.S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL, en tiempo y forma, Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número Seis de Jaén , presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su Recurso.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de Apelación, se presentó escrito de oposición al Recurso por Dª.

Mariana

; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas que fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, nicelebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, en que efectivamente tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este Recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA, que expresa el parecer de la Sala.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la Resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia de instancia, estimatoria de la demanda en la que se postulaba la Resolución del contrato de enseñanza celebrado entre la actora y Open English Master Spain S.A. y el de financiación entre la actora y EuroCrédito E.F.C. S.A. con los demás pedimentos complementarios, se alza ahora en apelación la...

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