SAP Almería 154/2003, 31 de Mayo de 2003

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
ECLIES:APAL:2003:824
Número de Recurso301/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución154/2003
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 154

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

MAGISTRADOS

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

D. NICOLAS POVEDA PEÑAS

En la ciudad de Almería a treinta y uno de mayo de dos mil tres.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 301 de 2002 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería seguidos con el nº 332 de 2002 sobre establecimiento de régimen de visitas entre partes, de una como actora D. Benjamín y, de otra como demandada D. Gaspar cuyas demás circunstancias constan en la sentencia apelada, la primera representada por la Procuradora Dª. María del Mar Saldaña Fernández y dirigida por la Letrada Dª. Susana Roca Rodríguez y la segunda representada por el Procurador D. Javier Martín García y dirigida por el Letrado D. Francisco Caparros Torrecillas. Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por la Ilma. Sra. Magistrado del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 26 de junio de 2002 cuyo Fallo dispone: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Saldaña Fernández en nombre y representación de D. Benjamín frente a D. Gaspar representado por el Procurador Sr. Martín García, debo establecer y establezco como régimen de relación entre los menores Juan Alberto , Alvaro y Diego y D. Benjamín y su esposa y en defecto de lo que ambas partes acuerden y como un mínimo, que los menores estén en compañía de sus abuelos maternos dos semanas en verano pernoctando una de ellas con los abuelos y la otra viéndolos durante el día, siendo decisión del padre, en defecto de acuerdo, si han de ser dos semanas seguidas y la semana en que los niños pernocten con sus padres, serán los menores los que estarán en Plasencia o los abuelos los que se trasladaran a Almería, y otra semana en Navidades también pernoctando con ellos, excepto el presente verano en que el régimen, será que los menores estarán en Plasencia durante quince días pasando el día con sus abuelos maternos, a fin de que vuelvan a retomar el contacto, siendo recomendable que los primos maternos residan con ellos en los periodos que pasen en compañía de los abuelos, siendo recomendable que los primos maternos estén en su compañía durante este periodos. No procede realizar especial pronunciamiento sobre las costas causadas en el presente procedimiento".

TERCERO

Contra la referida sentencia, la representación de la parte actora presentó escritopreparatorio de recurso de apelación y, una vez emplazada para ello, lo interpuso pidiendo se revoque la sentencia de primera instancia que los menores estén en el domicilio de los abuelos maternos pernoctando las dos semanas; que no se computen los tiempos de viaje; que se de previo aviso del comienzo de las comunicaciones por el padre de los menores y subsidiariamente que las comunicaciones tengan lugar en Plasencia. También interesó que los menores se desplacen a Plasencia en fiestas familiares extraordinarias y que puedan comunicar con aquellos telefónicamente al menos una vez en semana . Del escrito de recurso se dio el preceptivo traslado a la parte apelada y al Ministerio Fiscal, que se opusieron a la apelación y, seguidamente, fueron elevadas las actuaciones a esta Sala..

CUARTO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal, se formó el rollo de sala, se turnó de ponencia y se trajeron para votación y fallo el día 27 de mayo de 2003, quedando los autos vistos y conclusos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

De lo actuado en el procedimiento del que dimana la presente apelación, resulta que Dña. Amelia contrajo...

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