SAP Toledo 294/2006, 1 de Septiembre de 2006

PonenteJUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA
ECLIES:APTO:2006:805
Número de Recurso291/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución294/2006
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 291 de 2005, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 5 de Talavera de la Reina, en el juicio ordinario núm. 370/04, sobre reclamación de cantidad, en el que han actuado, como apelante Maaf Seguros, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Bautista Juárez y defendido por la Letrada Sra. Recio Martín; y como apelado Carlos José y Trinidad , representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Parra Martín y Mutua Madrileña Automovilista, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Villamor López y defendida por el Letrado Sr. Chorot Raso.Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 5 de Talavera de la Reina, con fecha 28 de marzo de 2005, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gómez Serranillos, en nombre y representación de D. Carlos José y Dª. Trinidad contra D. Marcelino , Mutua Madrileña, D. Augusto y Maaf Seguros, S.A. debo condenar y condeno a los demandados Augusto y entidad de seguros MAAF SA a abonar solidariamente a los actores las siguientes cantidades:

- a D. Carlos José la suma de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (1.752,52 EUROS)

- a Dª. Trinidad la suma de TRES MIL NOVENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (3.07,33 EUROS)

Así como los intereses legales de dicha cantidad, que en el caso de la entidad aseguradora serán los del artículo 20 de la LCS.

Que debo absolver y absuelvo a D. Marcelino y Mutua Madrileña de las pretensiones ejercitadas contra ellas.

Todo ello sin hacer expresa condena en costas."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y por MAAF SEGUROS, S.A., dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.-SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. CONSIDERANDO: Que se recurre por la Cía. Aseguradora del conductor condenado a indemnizar daños y perjuicios como consecuencia de la acción ejercitada por los actores (1902 C.c.), alegando como motivo de recurso, el error en la apreciación de la prueba, esencialmente la de interrogatorio de las partes.

    La sentencia de instancia declara como hecho acreditado, del que extrae la responsabilidad civil, el siguiente:

    El 23 de abril de 2003, el demandante, Carlos José , conducía su vehículo Renault 19, W-....-WG , por la Autovía A-5 dirección Madrid, acompañado en el asiento del copiloto por su esposa Trinidad , cuando al llegar a la altura del Kilómetro 110 de la citada vía, se vio obligado a frenar por haberse producido un alcance entre los vehículos que le precedían, siendo entonces impactado en su parte trasera por el vehículo Seat Córdoba D-....-OD , conducido por Marcelino y asegurado en Mutua Madrileña Automovilista, y este a su vez por el Citröen Saxo matrícula H-....-AH conducido por Augusto y asegurado en Maaf Seguros (hoy Caser Compañía de Seguros y Reaseguros).

    No se discuten los daños y lesiones estimados probados en la sentencia, sino la forma de ocurrir el accidente.

    La sentencia apelada llega a la conclusión, tras el análisis de la prueba, documental (Atestado de la Guardia Civil) y testifical (interrogatorio de partes), de que el accidente se produjo por un impacto...

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