SAP Granada, 27 de Enero de 2004

PonenteANTONIO MASCARO LAZCANO
ECLIES:APGR:2004:178
Número de Recurso621/2003
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución27 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCION TERCERA

ROLLO - 621/03- AUTOS 72/02

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA UNO DE ALMUÑECAR

ASUNTO: VERBAL

PONENTE SR. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO.-SENTENCIA N U M.-ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ANTONIO GALLO ERENA

MAGISTRADOS

D. JOSE MARIA JIMENEZ BURKHARTD

D.ANTONIO MASCARÓ LAZCANO

En la Ciudad de Granada, a Veintisiete de Enero de dos mil cuatro.-La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo 621/03- los autos de Juicio Verbal número 72/02 del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Almuñecar, seguidos en virtud de demanda de D./D C.P. DIRECCION000 , contra D./D INMOBILIARIA LA VEGA S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha 01-04-03, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª Aurora Cabrera Carrascosa, en nombre y representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 y en consecuencia declarar que promotora inmobiliaria la Vega S.L., ha producido una perturbación y desposesión en la posesión de la COMUNIDAD DIRECCION000 , consistente en la rotura de la valla en longitud de 9´40 centímetros, que da frente a la calle Tesorillo, así como rotura de acceso a los terrenos y zona de recreo de niños en la urbanización actora, y condenando a la sociedad demandada a que reponga de forma inmediata y eficaz en dicha posesión a la parte actora, y se practiquen las actuaciones que hagan desaparecer dicha situación, condenado al perturbador a llevar acabo a su costa la reposición de los daños que ha producido su ataque y se vuelva a su primitivo estado, antes de su actuación demoledora de la valla, y accesos de la zona interior y condenando al demandado comoperturbador, para que en lo sucesivo se abstenga de cometer tales actos y otros que manifiesten el mismo propósito de perturbar la posesión pacífica de los terrenos de la urbanización demandante, sin que pueda perturbar el paso sobre el terreno que posee, y que conecta el solar de su propiedad con la callo Cuesta del Tesorillo, bajo apercibimiento que corresponda con arreglo a Derecho, condenado a la mercantil demandada de igual forma a las costas del presente procedimiento, y en cualquier caso con reserva a las partes de las acciones que puedan tener sobre la definitiva propiedad y posesión que se reserva a la acción declarativa que corresponda".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a éste Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por...

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