SAP Murcia 392/2010, 6 de Julio de 2010

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2010:1706
Número de Recurso884/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución392/2010
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00392/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000884 /2009

S E N T E N C I A nº 392/2010

Ilmos Sres.

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López del Amo González

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En Murcia, a seis de julio de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 586/2008, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Doce, entre las partes: como actora Com Rabaco.S.L., representada por la Procuradora Sra. Belda González y defendida por el Letrado Sr/a. Ortuño Muñoz, y como demandada Puertas Juma, S.L., representada por el Procurador Sr/a. Hita Lorente y defendida por el Letrado Sr/a. Rex Luna.

En esta alzada actúa como apelante Com Rabaco.S.L., representada por el Procurador Sr./a. Belda González y como apelada Puertas Juma, S.L., no personada. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 8 de enero de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que estimo la demanda interpuesta por el/la Procurador(a) Dª MARIA BELDA GONZALEZ en nombre y representación de COM RABASCO S.L., y condeno a PUERTAS JUMA S.L. a que abone a la actora la cantidad de 9.793,60 euros más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda y todo ello sin expresa condena en costas en esta instancia".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación de Com Rabaco.S.L., siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que dejó precluir el plazo para oponerse.

Remitidos los autos originales a esta Audiencia se formó el oportuno Rollo por la Sección Primera con el nº 884/2009 procediéndose a fijar el día 6 de julio de 2010 para deliberación votación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juez de Instancia estimó la demanda formulada por Com Rabaco.S.L. contra Puertas Juma, S.L. ante el allanamiento de la parte demandada, no haciendo pronunciamiento sobre las costas causadas.

La actora recurre la sentencia insistiendo en que se impongan las costas a la demandada por su temeridad derivada del previo requerimiento efectuado antes de plantear el presente procedimiento tendente a reclamarle los suministros de energía eléctrica que venía abonando cuando los mismos correspondían a la demandada.

SEGUNDO

El artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece el principio general de la NO imposición a la parte demandada de las costas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR