AAP León 47/2008, 11 de Junio de 2008
Ponente | ANTONIO MUÑIZ DIEZ |
ECLI | ES:APLE:2008:414A |
Número de Recurso | 60/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 47/2008 |
Fecha de Resolución | 11 de Junio de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LEON
AUTO: 00047/2008
Modelo : AUR04
N.I.G.: 24089 37 1 2008 0200154
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000060 /2008
Juzgado procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.2 de LEON
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000054 /2007
RECURRENTE : JUNTA VECINAL DE RUEDA DEL ALMIRANTE JUNTA VECINAL DE RUEDA DEL ALM
Procurador/a : RAFAEL RIVAS CRESPO
Letrado/a : MARÍA DE LA O DIAZ-GERRA NOMBELA
RECURRIDO/A : REPALANTACIONES LEON, S.L., Salvador
Procurador/a : MIGUEL ANGEL DIEZ CANO, FRANCISCO SARMIENTO RAMOS
Letrado/a : JESUS RODRIGUEZ GARCIA,
A U T O Nº 47-08
ILMOS. SRES.
D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente
D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado
D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado
En la ciudad de León, a once de junio de dos mil ocho.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de León, los Autos de Procedimiento Ordinario 54/2007, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Nº. 2 de León, a los que ha correspondido el Rollo 60/2008, en
los que aparece como parte apelante la JUNTA VECINAL DE RUEDA DEL ALMIRANTE representada por el Procurador D.
Rafael Rivas Crespo, y asistido por el Letrado Dña. María de la O Díaz-Guerra Nombela, y como apelados REPLANTACIONES
LEON, S.L., representada por el Procurador D. Miguel Angel Diez Cano, y asistido por el Letrado D. Jesús Rodríguez García, y
también como parte apelada D. Salvador, representado por el Procurador D. Francisco Sarmiento
Ramos, y asistido por el Letrado Dña. Mª Isabel Arias Sánchez, sobre nulidad de actuaciones, y siendo Magistrado Ponente el
Ilmo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.
UNICO.- Por el Procurador de los Tribunales D. Rafael Rivas Crespo en nombre y representación de la Junta Vecinal de Rueda del Almirante, se promovió ante esta Sección Segunda y en escrito de fecha 22 de abril de 2008, incidente de nulidad de actuaciones, en relación con lo dispuesto en los artículos 241 de la LOPJ y el artículo 228 de la LEC, respecto al Auto de fecha 15 de enero de 2008, dictado en el rollo de apelación civil de esta Sección num. 413/07 en el que se acuerda declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por dicho procurador contra la sentencia de fecha 3 de septiembre de 2007 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de León, en autos de Juicio Ordinario nº 54/07, por no haberse personado dicho apelante ante este tribunal dentro del termino de emplazamiento de 30 días que establece el articulo 463 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Admitido a trámite el incidente, se le dio traslado del mismo por proveído de fecha 30 de abril de 2008 a las demás partes interesadas y que lo habían sido en los procedimientos cuyas nulidades se solicitaban por término de cinco días; por el procurador D. Francisco Sarmiento Ramos, en nombre y representación de
D. Salvador, se presentó escrito de fecha 30 de abril de 2008, en el cual se opone a la nulidad instada alegando, con carácter previo, la caducidad de la acción al haber transcurrido con creces el plazo legalmente establecido para pedir la nulidad de actuaciones; y por el procurador D. Miguel Angel Diez Cano, en nombre y representación de la entidad "Replantaciones León, S.L.", se presento escrito de fecha 8 de mayo de 2008, oponiéndose igualmente a la nulidad de actuaciones solicitada, y señalaba fecha para deliberación y fallo el día 3 de junio de 2008, quedaron los autos vistos para la presente resolución.
Solicita la representación de la Junta Vecinal de Rueda del Almirante, al amparo de lo dispuesto en el articulo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que se declare la nulidad del Auto de esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de León, de fecha 15 de enero de 2008, dictado en el rollo de apelación núm. 413/07, dimanante de Autos de Juicio Ordinario núm. 54/07, del Juzgado de Primera Instancia núm. dos de León. Aduce la solicitante que, contrariamente a lo afirmado en dicho Auto, dicha parte apelante había presentado escrito, con fecha 30 de noviembre de 2007, personándose ante este tribunal dentro del termino de emplazamiento de 30 días que establece el articulo 463 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por lo que dicha resolución, al acordar declarar desierto el...
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