SAP Valencia 318/2006, 13 de Junio de 2006
Ponente | ENRIQUE EMILIO VIVES REUS |
ECLI | ES:APV:2006:1861 |
Número de Recurso | 307/2006/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 318/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
SENTENCIA Nº 318
SECCIÓN OCTAVA
Ilustrísimos Señores:
Presidente, D. Enrique Emilio Vives Reus
Magistrados, D. Mª Fe Ortega Mifsud
Dña. Olga Casas Herraiz
En la ciudad de Valencia, a trece de junio de dos mil seis.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D.Enrique Emilio Vives Reus, los autos de Juicio Verbal, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Valencia, con el nº809/05, por Groupama Plus Ultra S.A. contra Mapfre Mutualidad de Seguros y D. Héctor, sobre "reclamación cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por los demandados Mapfre Mutualidad de Seguros y D. Héctor representados por el Procurador Sr.Roldán García, habiendo comparecido la compañía Groupama Plus Ultra S.A. representada por la Procuradora Sra. Ferrer García-España.
La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 16 de Valencia, en fecha 9 de Enero de 2006, contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por Groupama Plus Ultra S.A. contra D. Héctor y la entidad Mapfre, debo declarar y declaro haber lugar a la misma y, en consecuencia, debo condenar y condeno, a los citados demandados, a que, firme que sea la presente resolución abonen solidariamente a la parte actora, o a quien legítimamente le represente la cantidad de mil seiscientos setenta y dos euros y cuarenta y dos céntimos de euros (1.672,42 euros), que efectivamente le son adeudadas, con más los intereses legales procedentes".
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por D. Héctor y Mapfre Mutualidad de Seguros, admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde oportunamente se tramitó la alzada, señalándose para su Deliberación y Votación el día 18 de Mayo de 2006.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Por la compañía Groupama Plus Ultra, S.A. se formuló demanda de juicio verbal contra D. Héctor y la entidad aseguradora "Mapfre", solicitando en el suplico se condene a los demandados, de forma solidaria, a pagarle la cantidad de 1.672,42 euros. Alega la demandante, como base de su pretensión o causa de pedir, que el día 10 de agosto de 2.004 se produjo un incendio en la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 de la localidad de Algemesí propiedad del demandado D. Héctor. A consecuencia del citado incendio, se causaron unos daños en la vivienda colindante propiedad de Dª Victoria, que tenía contratado un seguro con la entidad actora, por lo que la demandante indemnizó a su asegurada en la cantidad de 1.672,42 euros importe en que fueron valorados los daños, legitimando a la actora para la interposición de la demanda iniciadora del presente proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de contrato de seguro.
La parte demandada se opuso a la pretensión de la actora alegando que los daños causados en la vivienda de la asegurada de la demandante lo fueron por la propia culpa de su propietaria, al no hallarse la pared de cerramiento de su vivienda en las debidas condiciones, y como consecuencia de ello penetró el humo del incendio en la referida vivienda, solicitando se desestimara la demanda.
La sentencia de primera...
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