SAP Valladolid 228/2012, 28 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 228/2012 |
Fecha | 28 Junio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
VALLADOLID
SENTENCIA: 00228/2012
Rollo: RECURSO DE APELACION Nº 21/2012 S E N T E N C I A Nº 228
Ilmo. Sr. Presidente:
-
JOSE JAIME SANZ CID
Ilmos. Sres. Magistrados:
-
MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
-
ANGEL MUÑIZ DELGADO
En Valladolid a veintiocho de Junio de dos mil doce.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de JUICIO CAMBIARIO 0000386 /2011, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000021 /2012, en los que aparece como parte apelante, COMERCIAL OCEAN VILLAGE, S.L., representada por la Procuradora de los tribunales, Dª. ELENA DIAZ PINO y asistida por el Letrado D. OSCAR PUENTE SANTIAGO, y como parte apelada, ARQUITECTURA Y TEMATIZACIONES LUIS, .S.L, representada por el Procurador de los tribunales, D. JULIO CESAR SAMANIEGO MOLPECERES y asistida por el Letrado D. CÉSAR PRINCIPE CENTENO, sobre reclamación de cantidad en virtud de pagarés, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. JOSE JAIME SANZ CID.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 26 de Octubre de 2011, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Desestimo la demanda de oposición presentada por COMERCIAL OCEAN VILLAGE S.L. frente al juicio cambiario promovido por ARQUITECTURA Y TEMATIZACIONES S.L., seguido por la cantidad de cien mil euros (100.000) de principal más otros treinta mil euros (30.000) calculados para intereses y costas.
Las costas se imponen a COMERCIAL OCEAN VILLAGE S.L."
Notificada a las partes la referida sentencia, por la parte demandada se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación y votación el pasado día veintiséis, en que ha tenido lugar lo acordado.
ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.
Se aceptan todos y cada uno de los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en tanto no...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba