SAP Valencia 258/2005, 2 de Junio de 2005

PonentePURIFICACION MARTORELL ZULUETA
ECLIES:APV:2005:2767
Número de Recurso275/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución258/2005
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROLLO núm. 275/2005 - K -SENTENCIA número 258/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION NOVENA

Ilmos. Sres.:

Dª Rosa Mª Andrés Cuenca

Dª Mª Antonia Gaitón Redondo

Dª Purificación Martorell Zulueta

En la ciudad de Valencia, a 2 de junio de 2005.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Purificación Martorell Zulueta, el presente Rollo de Apelación número 275/2005, dimanante de los autos de Juicio Ordinario número 557/04, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Diecinueve de Valencia , entre partes; de una, como demandante apelante, don Carlos Manuel , representado por el procurador don Enrique Miñana Sendra, y de otra, como demandados apelados, DESARROLLO MONCADA 2003, SL, BENICALAP 2003, SL, GESTION CAMPANAR, SL y CASA NARANJO, SL, representados por la procuradora doña María Teresa Alamañac Felipo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada, pronunciada por el señor Juez de Primera Instancia número Diecinueve de Valencia, en fecha 21 de enero de 2005, contiene el siguiente FALLO: "Desestimando la demanda interpuesta por don Enrique Miñana Sendra, procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de don Carlos Manuel , contra las mercantiles Desarrollo Moncada 2003, SL, Casa Naranjo, SA, Benicalap 2003, SL y Gestión Campanar, SL:

Debo absolver y absuelvo a las entidades Desarrollo Moncada 2003, SL, Casa Naranjo, SA, Benicalap 2003, SL y Gestión Campanar, SL, de las pretensiones del señor Carlos Manuel .

Y debo condenar y condeno al señor Carlos Manuel al abono de las costas originadas en la instancia a las mercantiles Desarrollo Moncada 2003, SL, Casa Naranjo, SA, Benicalap 2003, SL y Gestión Campanar, SL."

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, remitiéndose los autos a esta Audiencia, tramitándose la alzada, con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la representación de D. Carlos Manuel se deduce Recurso de Apelación contra la Sentencia dictada por el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia 19 de esta capital en fecha 21 de enero de 2005 , por la que se desestima la demanda formulada por el expresado actor contra las entidades DESARROLLO MONCADA 2003 SL, BENICALAP 2003 SL, GESTIÓN CAMPANAR SL y CASA NARANJO SL en ejercicio de acción de cesación de la violación de derecho de modelo de utilidad, actos ilícitos e indemnización de daños y perjuicios, en referencia con el modelo 2.00202746/3 "buzón de publicidad para comunidades de vecinos".

Argumenta el recurrente - folio 404 y siguientes de las actuaciones - con soporte en las resoluciones judiciales que transcribe al efecto, que la Sentencia de primera instancia no es ajustada a Derecho, no comprendiendo cómo partiendo de los hechos probados y jurisprudencia que se cita en la resolución recurrida se puede concluir en la desestimación de la demanda, máxime cuando se ha acreditado la falta de novedad del buzón de las demandadas. Asimismo argumenta que la Sentencia incurre en imprecisiones al indicar que el modelo explotado por las demandadas es más similar al U 970339 que no es de utilidad sino industrial, razón por la que deviene imposible la comparación entre ambos, resultando de las actuaciones que el modelo de la demandada copia el sistema de publicidad y el uso que se da al mismo por la demandante. No habiendo podido cuantificar en su momento los daños y perjuicios - por razón de ser necesario conocer el dato del número de buzones colocados por la demandada -, procedía ahora a la cuantificación en atención a los datos obtenidos durante la fase probatoria reclamando un total de 49621,32 euros por este concepto (291 buzones instalados a razón de 12,18 euros cada uno de ellos, por 14 meses), de manera que terminaba por suplicar del Tribunal la revocación de la Sentencia, la estimación íntegra de los pedimentos que tiene deducidos en su demanda y la condena al pago de la cantidad reseñada, en concepto de daños y perjuicios.

Se opone al Recurso de Apelación la representación de las entidades codemandadas, por las razones que constan a los folios 427 y siguientes de las actuaciones, pues entiende que la Sentencia es plenamente ajustada a derecho e impecable su fundamentación jurídica, por cuanto que la novedad del modelo de la actora viene definida por la tapa frontal abatible y basculante de su buzón, y esa novedad nunca ha sido vulnerada por las demandadas, siendo esa la verdadera esencia de la litis. Tras discrepar de los demás argumentos contenidos en el Recurso, terminó por suplicar su desestimación con imposición de las costas procesales a la parte recurrente.

SEGUNDO

Este Tribunal, en uso de la función revisora que le atribuye el artículo 456 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil , ha procedido a examinar de nuevo cuantas alegaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Tribunal Supremo y otros Tribunales
    • España
    • Actas de Derecho Industrial y Derecho de Autor Actas de Derecho Industrial y Derecho de Autor. Tomo XXVI (2005) Jurisprudencia y Resoluciones Españolas (2005)
    • 18 Noviembre 2006
    ...sino al beneficio neto, pues lo que se indemniza es la ganancia que ha dejado de obtener la demandante. SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALENCIA DE 2 DE JUNIO DE 2005 (Jurisdicción Civil, Sección (Buzón de publicidad para comunidades de vecinos) Alcance de la protección conferida po......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR