SAP Valladolid 15/2003, 16 de Enero de 2003

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
ECLIES:APVA:2003:47
Número de Recurso534/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución15/2003
Fecha de Resolución16 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 15

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JESÚS MANUEL SÁEZ COMBA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN

En VALLADOLID, a dieciséis de Enero de dos mil tres.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio verbal nº 539/02 del Juzgado de 1ª Instancia Nº7 de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandantes-apelados D. Paulino , Dª Lorenza , mayores de edad y vecinos de Santovenia de Pisuerga (Valladolid); D. Emilio Y Dª Rita , mayores de edad y vecinos de Valladolid, representados todos ellos por el Procurador D. Abelardo Martín Ruiz y defendidos por el Letrado D. Javier Hernando Huelmo, y como demandados-apelantes D. Victor Manuel Y Dª María del Pilar , mayores de edad y con domicilio en Valladolid, representados por la Procuradora Dª Carmen López de Quintana Sáez y defendidos por el Letrado D. Alberto Monclus Ferrer, sobre servidumbre de paso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 2 de septiembre de 2002, se dictó Sentencia cuyo fallo dice así: Estimando la demanda presentada por D. Paulino , Dª Lorenza , D. Emilio y Dª Rita contra D. Victor Manuel y Dª María del Pilar , declaro que los demandantes, en cuanto titulares de las fincas sitas en Trigueros del Valle, inscritas en el Registro de la Propiedad de Valoria la Buena con número NUM000 (parcela NUM001 ) y NUM002 (parcela NUM003 ), propiedad la primera de D. Paulino y Dª Lorenza y la segunda de D. Emilio y Dª Rita , tienen derecho a poder pasar los cables de abastecimiento eléctrico por la servidumbre de paso ya existente, de la que es predio sirviente la finca registral nº NUM004 (parcela NUM005 ).Condeno en costas a los demandados.

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la Procuradora Sra. López de Quintana, en nombre y representación de los demandados se preparó Recurso de Apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 15 de enero de 2003, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el ILMO. SR. MAGISTRADO D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los demandantes interesan en su demanda, y así ha sido reconocido por la Sentencia objeto de recurso, que se declara el derecho de los mismos para pasar sobre la servidumbre de paso, ya constituida sobre la finca de los demandados, una línea eléctrica, aérea o subterránea, para el correspondiente suministro eléctrico sobre la finca de los actores, considerando que la servidumbre que se constituyera en su día, mediante transacción judicial, aprobada por el Juzgado de 1ª Instancia de Valladolid Nº 1, mediante Auto de fecha de 29-7-99, comprende implícitamente, como servidumbre de paso, el derecho ahora reclamado.

SEGUNDO

Ambas partes, mediante transacción judicial, aprobada por el Auto de...

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