SAP Valencia 924/2000, 25 de Noviembre de 2000
Ponente | EUGENIO SANCHEZ ALCARAZ |
ECLI | ES:APV:2000:7404 |
Número de Recurso | 250/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 924/2000 |
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
SENTENCIA N° 924
SECCIÓN OCTAVA
Ilustrísimos Señores:
Presidente,
D. Eugenio Sánchez Alcaraz
Magistrados,
D. José Alfonso Arolas Romero
Dª. Rosa María Andrés Cuenca
En la ciudad de Valencia, a veinticinco de Noviembre de dos.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Eugenio Sánchez Alcaraz, los autos de juicio Verbal, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Valencia, con el n° 426/99 , por Dª. Lucía y D. Alberto contra el Consorcio de Compensación de Seguros y
D. Jose Miguel sobre "Reclamación de cantidad pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Consorcio de Compensación de Seguros y por Dª. Lucía y D. Alberto adhiriéndose al recurso.
La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia n° 1 de Valencia, en fecha 10 de Enero de 2000, contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales María Antonia Ferrer García España en nombre y representación de Lucía y Alberto debo condenar y condeno a Jose Miguel y Consorcio de Compensación de Seguros a que abonen solidariamente al actor la cantidad de 422.720 pesetas en concepto de lesiones y secuela, más 65.600 pesetas en concepto de daños y gastos y a D. Alberto la cantidad de 44.272 pesetas por lesiones sufridas más los intereses legales de dichas cantidades que para el consorcio serán los del art. 20 de la Ley, del Contrato de Seguros , desde la fecha del siniestro (4- 11-97), debiendo aplicar al Consorcio de Compensación de Seguros la franquicia de 70.000 pesetas, todo ello sin expresa imposición de costas."
Contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Consorcio de Compensación de Seguros, y por Dª. Lucía y D. Alberto como adheridos al recurso de apelación, admitidos en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Doña Lucía y Don Alberto formularon demanda de juicio verbal civil en reclamación de la cantidad de 998.546 pesetas, de las que 922.096 pesetas correspondían a la primera por lesiones, secuelas, gastos y daños y las restantes 76.450 pesetas al segundo por lesiones, y ello como consecuencia del accidente acaecido el día 4 de Noviembre de 1997 cuando yendo con el ciclomotor Puch, con placa de Valencia n° MI-.... , por la calle Fontanares de esta Ciudad al llegar al cruce con la de Pintor Pascual Capuz vio interrumpida su trayectoria por el Opel Corsa matrícula W-....-WZ , que circulaba sin seguro, por lo que dirigieron su pretensión contra el conductor y propietario de dicho turismo Don Jose Miguel y contra el Consorcio de Compensación de Seguros. La sentencia de instancia estimó parcialmente la demanda y condenó a los demandados a que solidariamente abonasen a la Sra. Lucía la cantidad de 422.720 pesetas por lesiones y secuelas más otras 65.600 pesetas por daños y gastos y al Sr. Alberto la de 44.272 pesetas por lesiones más...
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