SAP Valencia 545/2000, 30 de Junio de 2000

PonenteENRIQUE EMILIO VIVES REUS
ECLIES:APV:2000:4430
Número de Recurso643/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución545/2000
Fecha de Resolución30 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

SENTENCIA Nº 545

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Eugenio Sánchez Alcaraz

Magistrados:

D. Enrique Emilio Vives Reus

Dña. Asunción Sonia Mollá Nebot

En la Ciudad de Valencia, a treinta de Junio de dos mil.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. Enrique Emilio Vives Reus, los autos de juicio de Menor Cuantía, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Torrente, con el nº 206/98 , por Cerámicas Vidal Beneyto, S.L., contra Romeval S.Coop. V., D. Claudio y Dña. Lina ; sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Romeval S.Coop. V., D. Claudio , representados por el Procurador D. Rafael Alario Mont y dirigidos por el Letrado D. Miguel Catena Salmero; y por Dña. Lina , representada por el Procurador D. Francisco Vilches Rodrigo, la cual posteriormente desistió de la apelación; habiendo comparecido Cerámicas Vidal Beneyto, S.L., representado por el Procurador D. Segio Llopis Aznar y dirigido por el Letrado D. Vicente Aviñó Bolinches.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 5 de Torrente, en fecha 17 de Mayo de 1999 , contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Sergio Llopis Aznar en nombre de Cerámicas Vidal Beneyto, S.L. contra Romeval Sociedad Cooperativa Valenciana y Claudio representados por el Procurador Sr. Rafael Alario Mont y contra Dña. Lina representada por el Procurador Sr. Francisco José Vilcez Rodrigo, debo condenar y condeno a Romeval, S.C.V. y solidariamente a D. Claudio y a Dña. Lina a que abonen a la actora la cantidad de 1.014.592 pesetas más intereses determinados en el fundamento de derecho quinto de esta sentencia. Se hace expresa imposición de costas a los demandados".

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Romeval, S. Coop. V. y por D. Claudio , admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia donde oportunamente comparecieron los anteriormente citados, se tramitó la alzada con celebración de la vista correspondiente el día 23 de Junio de 2000, a cuyo acto asistieron los Procuradores y Letrados de aquellas, quienes solicitaron se dictara Sentencia conforme la pretensión de sus respectivos patrocinados.Tercero.- Se han observado las prescripciones y formalidades legales, excepto en el plazo para dictar Sentencia, habida cuenta de las múltiples ponencias que pesan sobre el Iltmo. Sr. Magistrado Ponente y la complejidad de las mismas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la mercantil "Cerámicas Vidal Beneyto, S.L." se formuló demanda contra la Sociedad Cooperativa "Romeval", y contra los miembros de su consejo Rector, D. Claudio , D. Felipe y Dña. Lina , en reclamación de la cantidad de 1.014.592 pesetas, alegando, en base a su pretensión, que, como consecuencia de relaciones comerciales, la mercantil demandante suministró diversos materiales de construcción a la Cooperativa demandada, emitiendo las facturas correspondientes, para cuyo pago la cooperativa remitió a la actora varios pagarés, los cuales llegados sus vencimientos resultaron impagados, ascendiendo el importe de lo adeudado a la cantidad que se reclama. Dirigiendo su acción contra los miembros del consejo Rector, en base a la conducta culposa de los mismos, al no haber procedido a la disolución y posterior liquidación de la cooperativa, a pesar de haber desaparecido de hecho dicha entidad.

Por los demandados D. Claudio y la...

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