SAP Asturias 240/2002, 9 de Mayo de 2002

PonenteJOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ
ECLIES:APO:2002:1885
Número de Recurso397/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución240/2002
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 397/2001 en autos de Juicio de Menor Cuantía, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número seis de Oviedo, promovido por ALCOJA INVERSIONES, S.A., demandada en primera instancia contra DON Felix , demandante en primera instancia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don José Ignacio Álvarez Sánchez.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número seis de Oviedo dictó Sentencia con fecha veintidós de Junio de dos mil uno, cuya parte dispositiva dice así: Que estimando como estimo parcialmente la demanda presentada por D. Felix contra Alcoja Inversiones S.A. procede: a) Declarar resuelto el contrato de compraventa concertado entre los litigantes, respecto del vehículo Jeep Cherokee TD 2) U-....-ZB . b) Condenar a la entidad demandada el pago de 3.768.000 pts c) Condenar a la demandada a hacerse cargo del coche y retirarlo a su costa, de donde se encuentra en la actualidad d) Condenar a la demandada a que abone los gastos de depósito generados por la estancia del coche en Talleres Gonzalo de Tineo desde el 7 de noviembre de 2000, a razón de mil pts día. Cantidad que se determinará en fase de ejecución e) Condenar a la demandada a abonar al actor, los intereses que le haya producido, la adquisición del Renault Kangoo Combi, a Talleres Benjamín Rodríguez y financiada por Renault Financiera. Cantidad que también se acreditará en fase de ejecución f) Condenar a la demandada al pago de las costas.-SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, que fue admitido en ambos efectos, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y Fallo el día treinta de Abril de dos mil dos.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia dictada en la primera instancia estimó parcialmente la demanda, declaró resuelto el contrato concertado entre las partes y condenó a la demandada a devolver el precio abonado por el actor, más los gastos de depósito en el vehículo y los intereses del préstamo solicitado para adquirir otro, así como el pago de las costas. Esta resolución es recurrida por la demandada la cual denuncia, en primer término, error en la valoración de la prueba ya que, en su opinión, la practicada no permite entender que el vehículo tuviera una avería que no posibilitara su utilización.El antedicho motivo no puede prosperar pues comparte la Sala la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Jaén 44/2016, 20 de Enero de 2016
    • España
    • Audiencia Provincial de Jaén, seccion 1 (civil)
    • 20 Enero 2016
    ...el contrato se ajusta a las exigencias del art. 1.124 del Código Civil y debe declararse que tal resolución está bien hecha ( SAP Asturias 9/5/02 ). La anterior jurisprudencia como se ha explicado se ha dictado en aplicación de lo dispuesto por la Ley de Consumidores y Usuarios, pero la dem......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR