SAP Madrid, 20 de Junio de 2000

PonenteJESUS GAVILAN LOPEZ
ECLIES:APM:2000:9329
Número de Recurso127/2000
Fecha de Resolución20 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veinte de Junio de dos mil.

La Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre interdicto de obra nueva, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandantes-apelantes Eusebio Y María Consuelo representada por el Procurador Sr. Gómez Fernandez y defendida por el letrado Sr. Eusebio y de otra como demandada-apelada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 , NUM000 representada por el Procurador Sra. Aragón Segura y defendida por el letrado Sr. Carbajosa Estevez, seguidos por el trámite de juicio incidental.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Gavilán López

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid en fecha 30 de septiembre de 1999, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda presentada por D. María Consuelo Y D. Eusebio contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 numero NUM000 de Madrid, mandando alzar la suspensión de la obra a que se refiere este proceso. Condeno a los demandantes al pago de las costas de este proceso."

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron ambas partes, sustanciándose el recurso por sus trámites legales, no siendo interesado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 4 de mayo de 2.000, tuvo lugar con asistencia de los letrados de las partes, que informaron en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales en ambas instancias a salvo del plazo para dictar sentencia en esta alzada por acumulación de asuntos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada , en los términos de esta resolución .

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia desestimando la acción interdictal planteada, mandando levantar la suspensión de la obra acordada en su día , se alza el recurso del demandante ,fundamentado , a modo de síntesis comprensiva de las alegaciones formuladas en el acto de la vista oral , en la existencia de defectos en la convocatoria...

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