SAP Ciudad Real 174/2006, 22 de Mayo de 2006

PonenteLUIS CASERO LINARES
ECLIES:APCR:2006:384
Número de Recurso1015/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución174/2006
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 174

CIUDAD REAL, a veintidós de Mayo de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL,

los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 224/2005, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de PUERTOLLANO , a los que ha correspondido el Rollo 1015/2006, en los que

aparece como parte apelante D. Gaspar , D. Víctor y Dª. Regina todos ellos representados por la procuradora Dª.

MACARENA PORRAS VILLA, y asistidos por el Letrado D. ASDRUBAL ABENGOZAR MUÑOZ, y

como apelado D. Ángel no comparecido en esta alzada y la entidad

aseguradora "MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTICA" representada por el procurador D.RAFAEL ALBA LOPEZ, y asistida por el Letrado D. JUAN ANTONIO CANTOS RODRIGUEZ, sobre

reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS CASERO LINARES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Puertollano se dictó sentencia en los referidos autos, de fecha veinte de Octubre de dos mil cinco cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: SE DESESTIMA ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA presentada por la Procuradora de los Tribunales MARIA DEL ROCIO SIERRA DEL CAMPO, en nombre y representación de Gaspar , Víctor Y Regina , frente a Ángel Y MUTUA MADRILEÑA, absolviendo a los demandados de todas las pretensiones de la parte actora y condenando a ésta al pago de las costas."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por la parte demandante, admitiéndose el recurso y dándole el trámite correspondiente, las partes hicieron las alegaciones que estimaron conveniente en apoyo de sus respectivos intereses, elevándose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, se formó el correspondiente rollo y se turnó Ponencia, señalándose para la votación y fallo el pasado día veintiséis de Abril.

TERCERO

En la tramitación de esta apelación se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre por la parte demandante la sentencia desestimatoria de sus pretensiones, al entender que ha existido error en la valoración de la prueba, en tanto que la responsabilidad del accidente lo es del demandado al conducir con exceso de velocidad y sin la necesaria atención a las circunstancias de la vía, señalando concretamente la infracción del art. 73 del Reglamento de Circulación al no facilitar en la medida de lo...

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