SAP Valencia 554/2005, 17 de Octubre de 2005

PonenteCARLOS TURIEL SANDIN
ECLIES:APV:2005:4806
Número de Recurso251/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución554/2005
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 554-05

ILUSTRÍSIMAS SEÑORÍAS

PRESIDENTE: DON JOSÉ MARÍA TOMÁS Y TÍO.

MAGISTRADO: DON JOSÉ MANUEL MEGÍA CARMONA.

MAGISTRADO: DON CARLOS TURIEL SANDÍN.

En Valencia, a diecisiete de octubre de dos mil cinco.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Ilustrísimos Señores del margen, ha visto el presente recurso de apelación número 354/2005, interpuesto contra la sentencia número 407/2005, de once de julio de dos mil cinco, dictada en el Procedimiento Abreviado número 354/2005 del Juzgado de lo Penal número Once de Valencia .

Han sido partes en el recurso, como apelante, Claudio , representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Mercedes Polo López, y defendida por la Letrada Doña Isabel Ibáñez García, y como apelado, el Ministerio Fiscal.

Es ponente de este rollo y sentencia de segunda instancia el Ilustrísimo Señor Magistrado Don CARLOS TURIEL SANDÍN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Procedimiento Abreviado número 354/2005 del Juzgado de lo Penal número Once de Valencia, se dictó la sentencia número 407/2005, de fecha once de julio de dos mil cinco , que contiene la siguiente declaración de hechos probados: "El día 14 de Junio de 2005, Claudio , mayor de edad y sin antecedentes penales paseaba a la altura del nº 10 de la calle Martín Mengold, de esta ciudad llevando en su poder un rollo de cable de 50 metros, tres brocas, cuatro grifos, tres latigillos y un cabezal de taladro, efectos valorados en 167 euros que se había encontrado en un contenedor cercano a la Plaza del Ayuntamiento. Dichos efectos habían sido sustraídos del vehículo matrícula 9247-CKM, propiedad de Instalaciones Ribes que se encontraba estacionado en la calle Altar de San Vicente de esta Ciudad trasviolentar la cerradura de la puerta trasera en hora no determinadas pero posterior a lasa 11:30 de ese mismo día, sin que conste que el acusado interviniera en la sustracción".

SEGUNDO

Después de exponer los Fundamentos de Derecho que estimó procedentes, el Fallo de dicha sentencia fue del siguiente tenor literal: "Que absolviendo a Claudio , del delito de robo que se le imputaba, debo condenarle y le condeno como responsable criminalmente en concepto de autor de una falta de apropiación indebida del art. 623-4º en relación con el art. 253 del Código Penal a la pena de diez días de localización...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR