SAP Cantabria 491/2005, 26 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA JOSE ARROYO GARCIA
ECLIES:APS:2005:1809
Número de Recurso135/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución491/2005
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 491/05

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martinez

Don Joaquín Tafur López de Lemus

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En la Ciudad de Santander, a veintiseis de septiembre de dos mil cinco.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio sobre Liquidación de Sociedad de Gananciales Nº 311/04 , Rollo de Sala núm. 135/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Medio Cudeyo .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Eduardo , y parte apelada Dª Frida , representada por el Procurador Sr. González Martinez , y defendida por el Letrado D. Juan Luis Mateos Fernández.

Es ponente de ésta resolución la Ilma. Sra. Dª María José Arroyo García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Medio Cudeyo , y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 9 de diciembre de 2004, Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que estimando parcialmente las pretensiones efectuadas por el Procurador Sr. González Martinez, en representación de Frida y estimando parcialmente las pretensiones efectuadas por la Procuradora Sra. Marino Alejo en nombre y representación de Eduardo DEBODECLARAR Y DECLARO que el inventario de la sociedad legal de gananciales constituida por ambas partes estará formado por los siguientes bienes y derechos:

  1. ACTIVO de la sociedad ganancial:

    1. &n bsp; finca situada en el pueblo de Santibáñez, sito Los Ciruelos, de Villacarriedo de 1356 m2 en la cual existe vivienda familiar de 355,67 m2.

    2. &n bsp; participación societaria del demandado en una tercera parte de la Sociedad Agraria de Transformación Sañudo Rebolledo

    3. &n bsp; máquina excavadora adquirida constante matrimonio y cuyos datos de identificación deberán ser aportados por las partes en la fase ejecutiva.

  2. PASIVO de la sociedad ganancial:

    1. &n bsp; deuda derivada del préstamo personal nº NUM000 con Caja Cantabria por valor de 4300,71 euros.

    2. &n bsp; deuda a favor de Bruno , por la cantidad de 14.549,39 euros.

    La valoración de todas estas partidas deberá realizarse a fecha de la disolución del régimen económico matrimonial.

    No procede realizar pronunciamiento alguno sobre administración y disposición de los bienes del inventario.

    No procede condena en costas.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación legal de D. Eduardo se interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia, impugnando exclusivamente dos de los bienes incluidos en el activo de la Sociedad de Gananciales.

Insiste el recurrente que la vivienda construida sobre la finca sita en Santibáñez, sitio de Los Ciruelos, de Villacarriedo de 1356 m2, tiene carácter privativo al haberse pagado su construcción con dinero donado, al hoy apelante, por su padre de forma exclusiva.

Ninguna prueba aporta el recurrente que acredite que el dinero con el que se construyó la vivienda le había...

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