SAP Cantabria 597/2005, 18 de Noviembre de 2005
Ponente | JOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS |
ECLI | ES:APS:2005:2026 |
Número de Recurso | 628/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 597/2005 |
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª |
SENTENCIA: 00597/2005
ROLLO NUM. 628/05
SENTENCIA NUM. 597/05
Ilma. Sra. Presidente
Don Marcial Helguera Martínez
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Joaquín Tafur López de Lemus
Don Ignacio Mateos Espeso
========================================
En la Ciudad de Santander, a dieciocho de noviembre de dos mil cinco.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio Verbal nº 445/05, Rollo de Sala núm. 628/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de Santander. En esta segunda instancia ha sido parte apelante doña Elena , representado por el Procurador Sr. Calvo Gómez, y defendido por el Letrado Sr. Bringas Menéndez; y parte apelada doña Marcelina , representado por el Procurador Sr. García Viñuela, y defendido por el Letrado Sr. Lorenzo Vías.
Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado D. Joaquín Tafur López de Lemus.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 01-07-05 Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. García Viñuela, en nombre y representación de Dª Marcelina , debo condenar y condeno a Dª Elena y a Seguros Vitalicio, a que satisfagan solidariamente a la actora la cantidad de 550,96 euros; condenando a la aseguradora demandada y condenada al pago del 9interés establecido en el fundamento de derecho cuarto de esta resolución y sin hacer imposición de costas procesales.Que desestimando la demanda presentada por la Procuradora Sra. Calvo Sánchez, en representación de Dª Elena , debo absolver y absuelvo a Dª Marcelina y a la aseguradora Pegón, de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda; y sin hacer imposición de costas procesales.".
Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y
Frente a la muy elaborada y razonada sentencia dictada por el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba