SAP Murcia 305/2010, 2 de Junio de 2010

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2010:1329
Número de Recurso688/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución305/2010
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00305/2010

Rollo nº 688/09

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Martínez Pérez

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a dos de junio de dos mil diez.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre Declaración de Incapacidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cieza y seguidos ante el mismo con el nº 412/08, -rollo nº 688/09-, entre las partes, actora D. Fabio, mayor de edad, vecino de Cieza, con domicilio en AVENIDA000 nº NUM000, NUM001, con D.N.I. nº NUM002, y D. Lorenzo, mayor de edad, vecino de Cieza, con domicilio en CALLE000 nº NUM003, NUM004, con D.N.I. nº NUM005, representados por la Procuradora Sra. Turpín Herrera y dirigidos por la Letrada Sra. Castaño Penalva; y demandado, D. Jose Ramón, con D.N.I. nº NUM006 . En el presente procedimiento se ha opuesto al nombramiento de tutor propuesto Dª. Flora, mayor de edad, vecina de Cieza, con domicilio en CALLE001 nº NUM007, con D.N.I. nº NUM008, representada en el Juzgado por la Procuradora Sra. Templado Carrillo y en la Audiencia por el Procurador Sr. Jiménez Martínez, y dirigida por el Letrado Sr. Marquina Tomás; siendo parte el Ministerio Fiscal, y ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy que expresa el parecer de la Sala.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Lorenzo y D. Fabio contra la sentencia de 13 de abril de 2009, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cieza.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Herrera, en nombre y representación de D. Fabio y D. Lorenzo, debo declarar y declaro a todos los efectos procedentes en derecho que D. Jose Ramón nacido en Cieza, el día 20 de febrero 1929, es incapaz para gobernar su persona y administrar sus bienes, así como para el ejercicio del derecho de sufragio, y asimismo debo nombrar y nombro tutora del incapaz a Dña. Flora, quien actuará como representante de la misma en todos aquellos actos en que sea necesaria su intervención. Con expresa condena en costas para D. Lorenzo y D. Fabio, ambos de forma solidaria.

Líbrese exhorto al Sr. Encargado del Registro Civil de Cieza, al que se acompañará testimonio de esta resolución, a fin de que se practique la inscripción de la incapacitación mediante anotación marginal en la inscripción de nacimiento.

Líbrese oficio a la Oficina del...

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