SAP Murcia 515/2010, 8 de Octubre de 2010
Ponente | MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA |
ECLI | ES:APMU:2010:2237 |
Número de Recurso | 665/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 515/2010 |
Fecha de Resolución | 8 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00515/2010
SENTENCIA
NÚM. 515/10
ILMOS. SRS.
D. FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
PRESIDENTE
Dª. Mª PILAR ALONSO SAURA
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
MAGISTRADOS
En la Ciudad de Murcia, a ocho de octubre de dos mil diez.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio ordinario que se han seguido con el nº 64/08 en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Caravaca de la Cruz entre partes, como demandante y en esta alzada apelado D. Demetrio, representado por el Procurador D. José Jiménez Ruiz y dirigido por el Letrado D. Ramón Ruiz Hita, y como demandados
D. Eulalio, D. Fidel y Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija -antes Munat S.A.-representados por el Procurador D. Juan Navarro López y dirigidos por el Letrado D. Juan Martínez Abarca Artiz, siendo esta última apelante, que se ha personado ante esta Audiencia Provincial representada por la Procuradora Dña. Fuensanta Martínez Abarca Artiz. Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado con fecha 12 de febrero de 2.009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así "Estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. José Jiménez Ruiz en nombre y representación de D. Demetrio, debo condenar y condeno a D. Eulalio, D. Fidel y a la Compañía Aseguradora Munat Seguros a que abonen solidariamente al actor Demetrio la cantidad de cinco mil ochocientos treinta y seis euros con cinco céntimos (5.836,5 Euros), y con cargo sólo a la aseguradora demandada el interés previsto legal de dicha cantidad en la forma prevista en el artículo 20 de la Ley de contrato de Seguro, debiendo abonar cada parte las costas causadas a su instancia en el presente pleito y las comunes por mitad".
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación la aseguradora demandada, dándose traslado a la parte actora y previo emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el nº 665/09, compareciendo la citada aseguradora en la cualidad antes expresada y señalándose para deliberación y votación el día de ayer por providencia de 12 de marzo último.
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